MADRID (EFECOM). El Tribunal Supremo ha considerado que el anterior Gobierno incurrió en una "clara extralimitación" de la Ley del Indulto al anular los efectos administrativos de la medida de gracia que concedió al consejero delegado del Banco Santander, Alfredo Sáenz, que le permitió seguir ejerciendo su actividad bancaria.
En una sentencia notificada hoy, el Alto Tribunal establece que "la ley no autoriza al Gobierno a condonar cosa distinta de la pena o penas impuestas" y subraya que "llevar más allá la extensión de la gracia no solo contraviene la ley sino la propia Constitución".
Anula así los preceptos de los dos reales decretos del Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero que eliminaban cualquier "impedimento para ejercer la actividad bancaria" a Sáenz, al considerar que no debió "excepcionar la aplicación de la ley haciendo desaparecer el rastro administrativo de la condena".
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