VALENCIA. El tenista español Rafael Nadal ha aclarado hoy en una nota informativa su situación fiscal y ha señalado que "desde el inicio de su carrera ha tenido residencia fiscal en Baleares, como persona física".
La nota se refiere a las empresas relacionadas con él "cuyo ámbito es también internacional", dice la nota, y que han sido mencionadas hoy "en algunos medios de comunicación".
El comunicado añade que "tras un período en el que su domicilio social estuvo en territorio vasco, trasladaron su domicilio a Baleares, no habiéndose beneficiado como consecuencia de este traslado de lo previsto por el régimen fiscal anterior".
"Las sociedades mencionadas y el propio tenista se hallan al corriente de pago de todas las obligaciones tributarias", añade la nota.
Carlos Costa, representante de Rafa Nadal ha añadido al respecto: "Desde el inicio de su carrera 'Rafa' siempre quiso mantener su residencia en España y así ha sido, reafirmando con ello su compromiso como español, tanto dentro como fuera de las pistas".
NADAL ACUSADO DE ESTAFAR AL FISCO GUIPUZCOANO
El tenista mallorquín, emitió este comunicado para defenderse de las acusaciones vertidas contra él en diferentes medios de comunicación, en los que se le acusaba de haber estafado al fisco guipuzcoano, habiéndose aprovechado de sus ventajas fiscales para sociedades nacidas para crear empresas.
Al tenista se le acusa de haber declarado beneficios por más de 47 millones de euros en la empresa Aspermir entre 2005 y 2009, con razón social en San Sebastián. Y en ese periodo sólo pagó 11.058,42 euros en concepto de Impuesto de Sociedades.
La cuestionable fórmula ha sido cuestionada a partir del 2010 y el conocido como caso Glass Costa, empresa catalana a la que se concedió el régimen de SPE y que se destapó que había falseado su domicilio en Guipúzcoa. Dicho escándalo puso en entredicho la labor del director de la Hacienda guipuzcoana entre 1991 y 2003, y ex senador del PNV, Víctor Bravo, que además era socio de la firma que recibió las ayudas.
La Norma Foral que rige el Impuesto de Sociedades (7/1996, de 4 de julio) afirma como planteamiento general que es de aplicable a toda sociedad con domicilio fiscal en Guipúzco
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