MADRID (EP). La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha impuesto una multa de 12.000 euros al ex accionista de Funespaña Manuel Esteve Garriga por cometer una infracción considerada muy grave consistente en no cumplir con las obligaciones de comunicación al supervisor del mercado.
En concreto, Esteve "incumplió los deberes de información a la CNMV en relación con las comunicaciones de participaciones significativas en la sociedad Funespaña, en su condición de administrador de esta empresa".
La sanción al accionista de esta compañía fue impuesta mediante una Orden Ministerial con fecha 7 de marzo de 2010, según una resolución del organismo que preside Julio Segura publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Asimismo, la CNMV ha multado con un importe total de 45.000 euros a la firma Q-Renta AV y con otro de 22.500 euros al presidente y consejero delegado de esta firma, Jordi Martí Tulé, por la comisión de dos sanciones muy graves.
Una de ellas consistió en realizar "numerosas aplicaciones entre clientes a precios no justificados, haber remitido a los mismos una información inadecuada en relación con dichas aplicaciones y la valoración de los instrumentos financieros adquiridos para sus carteras gestionadas, y en la inadecuada perfilación de sus clientes para invertir en sus carteras".
La otra sanción impuesta a la firma y a su presidente responde al hecho de que no contaban "con medios técnicos y humanos suficientes en relación con la naturaleza y características de algunos de los instrumentos financieros adquiridos para sus carteras gestionadas de clientes en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2006".
Por último, el organismo supervisor del mercado también ha impuesto dos multas por un importe total de 6.000 euros a la sociedad Gestifondo y una tercera de 20.000 euros a su presidente, Francisco Javier Guinovart Llagostera, también por la comisión de infracciones "muy graves".
En concreto, Gestifondo ha sido sancionada por mantener durante un periodo de seis meses un nivel de recursos propios inferior al exigido legalmente y, por otro, por "haber incumplido la prohibición de pignorar los activos en que se materialicen los recursos propios mínimos de las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva".
En cuanto al presidente, la multa corresponde también la incumplimiento de esta referida prohibición de pignorar activos, según la resolución de la CNMV que publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
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