VALENCIA. Una campaña más ha llegado el momento de realizar la Declaración del Impuesto sobre la Renta y, como todos los años, existen cuestiones que debemos tener en cuenta, para evitar cometer errores a la hora confeccionar nuestra declaración y así evitar posibles sanciones.
-¿Quién está obligado a presentar declaración de la renta y cuando debe presentarla?
-En general todos los contribuyentes están obligados a presentar declaración de IRPF. No obstante, no tendrán que declarar: Rendimientos íntegros del trabajo, con el límite de 22.000 euros anuales.
El plazo de presentación empieza el 3 de mayo y finaliza el 30 de Junio.
-¿Qué novedades fiscales más interesantes debo tener en cuenta para esta renta 2010?
1.- Como novedades principales para esta campaña de renta destacamos la aplicación de la deducción de de los 400 € únicamente para rentas cuya base imponible sea inferior a 12.000€ y que provengan de rendimientos del trabajo o actividades económicas.
2.- Con efectos 1 de enero de 2010 se amplía el importe máximo exento de las prestaciones por desempleo en la modalidad de pago único, de 12.020€ a 15.500€.
3.- Se introduce una nueva deducción por obras de mejora en vivienda habitual o edificio en la que esta se encuentre, cumpliendo determinados requisitos.
-¿Qué reducciones puedo aplicarme?
-No debemos olvidar las reducciones que la propia ley contempla como son reducción por tributación conjunta, por aportaciones a sistemas de previsión social, planes de pensiones, pensiones compensatorias a favor del cónyuge y anualidades por alimentos, excepto en favor de los hijos, aportación a sindicatos y partidos políticos.
-¿Y deducciones?
-Deducciones por adquisición, mejora o arrendamiento de vivienda habitual, aportaciones a cuentas vivienda, por aportaciones a cuenta ahorro-empresa, (s) por inversión empresarial, por donaciones a entidades sin fines lucrativos, y la deducción-compensación por adquisición de vivienda habitual para viviendas adquiridas con anterioridad al 20-01-2006.
Las deducciones autonómicas en la Comunidad Vlaenciana aunque amplias, no siempre son fáciles de aplicar ya que en la mayoría de los casos se requieren Requisitos y condiciones que deben de estudiarse detenidamente para cada uno de los casos.
-Posibles dolos por aceptar el borrador de la AEAT o no presentar declaración por no estar obligado:
En los dos casos, hay que calcular cual sería el resultado de la declaración, posiblemente a devolver o a devolver más de lo propuesto, en el caso de tener derecho a aplicar alguna de las deducciones mencionadas anteriormente, y que no han sido tenidas en cuenta, en el borrador o en la determinación de la obligación de declarar. En algunos casos, el perjuicio por no hacer la declaración y solicitar la devolución, puede ser muy importante económicamente.
Si por la complejidad que, en determinadas ocasiones acarrea la confección de su declaración de la renta, duda en la aplicación de cualquier norma tributaria, acuda a un profesional de la asesoría fiscal que, bajo su criterio profesional, podrá aclararle cualquier incertidumbre al respecto.
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(*) Pilar Edo es asesora fiscal y responsable del Departmento de Formación Continuada de Apafcv.
Buenas tardes, me gustaria que me aclarasen cuales son las ayudas publicas que recoge la ley 6/2009 que darian derecho a la deduccion por maternidad, tiene algo que ver con los 100 euros mensuales que percibimos las madres trabajadoras??...gracias
me he divorciado y mi marido se ha quedado con la viviendo dandome la parte correspondiente. Ahora me he comprado una vivienda con su correspondiente hipoteca...Puedo desgravar de esta vivienda? que cantidad anual tengo que aportar para obtener la máxima desgravación? Podria adelantar capital y quedarme con una mínima hipoteta. Que cantidad debo aportar para obtener la màxima desgravación con loa hipoteca que me quede? Fiscalmente me interesa adelantar cuanto mas dinero mejor? Muchisimas gracias de antemano...
Hola! Tengo una duda sobre mi declaración del 2010, yo estuve empadronada en Valencia en el 2010 y el 17-09-2010 compré una vivienda en Albacete. Mi pregunta es la siguiente, ¿ Puedo solicitar la deducción por primera adquisición de mí vivienda habitual por contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años. (5 por 100 de las cantidades satisfechas)?. En octubre 2010 debido a mi trabajo me que trasladé a vivir Albacete y no se si puedo solicitar esa ayuda que otorga la Comunidad Valenciana, ya que la vivienda se encuentra en Castilla-La Macha. Gracias
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