VALENCIA. La abogada, especialista en administración concursal, Antonia Magdaleno, ha decidido dejar un despacho asentado y renombre para establecerse por su cuenta. No es un movimiento menor, ya que en esta época de crisis en la que se han encadenado multitud de concursos de acreedores, la antigua suspensión de pagos, tener en la casa a una figura como la de Magdaleno es importante.
El mundo de los concursos de acreedores es peculiar y muy endogámico. En España hay un puñado de abogados y auditores, fundamentalmente economistas, que tienen la confianza de los jueces mercantiles y que acaban repartiéndose las administraciones concursales que se nombran cuando una empresa pide amparo para intentar salir de una crisis económica.
Encontrar nombres que se repiten en estos órganos es muy habitual. Ese es el caso de Antonia Magdaleno. Por citar unos ejemplos de procesos en los que ha estado o está implicada la abogada valgan los casos de Llanera (el primer gran concurso del ladrillo en España), donde fue auxiliar, Martinsa-Fadesa o Marsans, estos dos últimos de los mayores en pasivo de la historia de España.
Magdaleno, con quien intentó este diario ponerse ayer en contacto sin conseguirlo, ha optado por dejar Broseta, al menos oficialmente, por los problemas de choque de intereses en con los que se ha encontrado en los últimos años. Este es un tema importante, ya que un abogado especializado en concursos de acreedores puede tener clientes por tres partes: la empresa en crisis, los que le piden que le pague la deuda o por formar parte de la administración concursal.
La diferencia fundamental, en el caso de los honorarios que percibe un abogado, es que en el último caso está vinculado a los activos y los pasivos de la empresa concursada. Lo que cobran los administradores está regulado por un Real Decreto que marca unos porcentajes tanto sobre los bienes como sobre la deuda de la compañía, cifra que no alcanza un 1% del total.
Pero en el caso de los grandes concursos, esa cifra se puede disparar. Por ejemplo, cada administrador de Martinsa Fadesa tiene estipulado un sueldo total de cuatro millones de euros. Ese dinero lo cobra cada abogado a título personal. Sin embargo, cada letrado puede tener un acuerdo con su despacho para repartir este dinero o, incluso, que lo ingrese totalmente en el bufete porque vaya a salario.
"La rentabilidad de ser administrador concursal es discutible", asegura Manuel Calvé, presidente de la Sección de Derecho Concursal del Colegio de Abogados de la Comunitat Valenciana. Colvé, que también tiene un largo historial en la administración de empresas en suspensión de pagos, pone por ejemplo un caso en el que participa: "Por ejemplo, aún estamos liquidando Generos de Punto Ferrys, cinco años después de que se considerara fallido el convenio, porque no hay comprador para la fábrica o la maquinaria".
El letrado apunta dos detalles: "Uno es el tiempo que dura un concurso, si duraran un año como marca la ley y se pudiera cobrar con facilidad... Pero no es la norma. Los concursos son complicados, hay que pagar a todo el equipo que te ayuda o en la administración y, no siempre se pueden hacer líquidos los activos para pagar a los acreedores y a la misma administración".
El administrador concursal cobra en dos fases una cantidad fija y definitiva aprobada por el juez: la mitad al principio de la fase común (antes de aprobarse el convenio de acreedores) y la otra mitad al final. En muchos casos y especialmente en las empresas que acaban en liquidación, según explica Calvé, la norma es que no se logra cobrar la segunda parte.
Sobre la exclusividad que parecen tener los abogados -y también los economistas- que coinciden en muchos procesos, Calvé es tajante: "La ley deja claro que un juzgado no puede nombrar a la misma persona para más de tres concursos en dos años, pero eso siempre que haya profesionales solventes disponible, y lo cierto es que la complejidad que alcanzan estos procesos limita ese campo".
El presidente de la Sección de Derecho Concursal destaca que está pendiente una modificiación de la ley que permitirá a los jueces mercantiles nombrar a despachos de abogados, e incluso de abogados y economistas conjunto, para que actúen como administradores concursales. "Está en el trámite parlamentario pero no sabemos si se aprobará esta legislatura", explica.
Esa modificación supondrá un cambio en la manera en que ahora se designa la tutela judicial de las empresas en crisis. Los magistrados han de nombrar ahora a profesionales a título personal. Si esto se modifica en el futuro, los bufetes se podrán preparar con equipos conjuntos para recibir los encargos de administrar las empresas. Quizá en ese escenario es en el que quiere jugar Antonia Magdaleno en su nuevo camino en solitario.
Si está preparada y el juez se lo adjudica,¿por que no lo va a coger?si lo que pide se lo dan ¿cual es el problema?Todo me parece bien,siempre y cuando esta profesional,pague igual de bien a los empleados de su despacho,sean antiguos o nuevos.Ya que son personas licenciadas y si cumplen en su trabajo tienen el derecho a ser remunerados igual que ella.Si esto lo cumple la sra magistrada,enhorabuena y adelante!epoca mala para unos ganancias para unos pocos.
Buenos días: las quiebras,las antiguas suspensiones de pago son unos de los últimos "nichos" que quedan para ganar dinero.la finalidad "teorica" de los interventores de una quebrada es liquidar sus activos y pagar hasta donde puedan.Sin embargo, hay quiebras que llevan mas de diez años generando dinero pero no para pagar las deudas sino para mantener la..quiebra . Hay dos grandes quiebras que conozco que llevan mas de 12 años si cerrarse pero dando lo suficiente para mantener a sus interventores y sus gastos .-Creo que, esta Señora en la actual situación ha elegido uno de los sectores donde aún se pueden generar recursos. Casos como el de Martinsa deberían ser ejemplo de una salida positiva y no de disolución de una empresa pero esto fué posible porque además el dueño de la empresa se empeño en que así fuese.- Atte Alejandro Pillado Valencia 2011
Es escandaloso lo que cobran los administradores concursales. En todos los concursos ocurre lo mismo (por este orden): el administrador concursal y los abogados"apartan" y cobran sus honorarios. Los trabajadores cobran el resto de lo que quede en la empresa. Luego la seguridad (normalmente no queda nada). Al resto de acreedores (que son la mayoría), que les den....
Desde mi más absoluta ignorancia son momentos para aprovechar,pero siempre con cautela. Esta letrada,está preparada para hacer frente a estos peliagudos casos y tira para adelante(si no lo hace ella,será otro). Lo único es que los magistrados designe bien,para que quien esté preparado tenga su oportunidad, como todo el mundo.Si cobran dinero, las empresas que están mal ya lo saben. Los que tenemos que contratar abogados sabemos que hay que pagar ¿o es que al final del trabajo la gente no cobra? Gracias.
Tu email nunca será publicado o compartido. Los campos con * son obligatorios. Los comentarios deben ser aprobados por el administrador antes de ser publicados.