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La Audiencia Nacional anula a Sniace la liquidación del canon de vertidos de 1992

27/04/2011 Según la histórica cotizada santanderina se trata de la segunda vez que anula la citada liquidación

SANTANDER (EP). La Audiencia Nacional ha procedido a revisar y ha dictado Sentencia parcialmente favorable a los intereses de Sniace, anulando la liquidación correspondiente al Canon de Vertido del ejercicio 1.992 girado por la Confederación Hidrográfica del Norte por importe de 1.798.096 euros, cerca de 300 millones de pesetas. Según información de la empresa, esta ya es la segunda vez que la Audiencia Nacional anula la citada liquidación.

Dicha instancia ha efectuado este fallo a requerimiento de una sentencia del Tribunal Supremo, también favorable a la empresa torrelaveguense, que admitió la prueba propuesta en su día por la compañía, en un recurso promovido por Sniace contra la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 23 de febrero de 2001.

Con esta nueva Sentencia, se consolida la línea de defensa seguida por Sniace contra las liquidaciones giradas en concepto de Canon de Vertido desde 1992.

En el largo proceso que siguen los recursos contra las liquidaciones del citado Canon la empresa cántabra ha visto prosperar sus razones respecto al "exceso" de volumen de vertido considerado por la Confederación para determinar la cuantía del gravamen impuesto desde Oviedo.

Así, los recursos contra el "canon" del año 1992, 1994, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003 (1ª liquidación), y 2005 han resultado ganados por Sniace en sentencias que han estimado las consideraciones de la empresa en cuanto al volumen de vertido salvo los cánones de vertidos girados en los años 1993 y 1995, el resto están aún en fase jurisdiccional en diferentes instancias.

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