Así lo han informado a Europa Press fuentes jurídicas.
De este modo, estima "parcialmente" el recurso que había presentado el Gobierno central contra las dos tasas ideadas por la Generalitat en diciembre de 2012, y que supuso la anulación inmediata de los dos gravámenes hasta que se decidía el fondo del asunto.
El recurso se presentó contra los artículos 16 y 41 de la ley catalana 5/2012 de 20 de marzo de medidas fiscales, financieras y administrativas, después de tanto Gobierno como Generalitat negociaran sobre la aplicación de ambas sin llegar a un acuerdo, según explicó entonces en rueda de prensa la vicepresidenta del Ejecutivo, Soraya Sáenz de Santamaría.
Las tasas judiciales pretendían cobrar 120 euros por la prestación de servicios personales y materiales en la Administración de Justicia en Catalunya, lo que el Gobierno entendía que suponía un doble gravamen.
En el caso del euro por receta, el Gobierno aseguró que las comunidades no pueden incidir directa o indirectamente en la fijación de precios de productos sanitarios, según lo establece la Constitución en el artículo 149, aunque este recurso llegó después de que la Comunidad de Madrid anunciara su intención de fijar una tasa similar y cuando llevaba meses aplicándose en Catalunya.
El rueda de prensa tras el Consell Executiu el portavoz del Govern, Frances Homs, ha indicado que todavía no había tenido tiempo de analizar el fallo, aunque ha reiterado que ambas tasas estaban encaminadas a reducir el déficit público y ha criticado que el Ejecutivo central no haga el mismo esfuerzo que las autonomías en este empeño.
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