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Generalitat crea comisión permanente para dirimir los procedimientos de inaplicación de convenios colectivos

05/07/2013

VALENCIA, 5 Jul. (EUROPA PRESS) -

El pleno del Consell ha aprobado el nuevo decreto por el que se regula las funciones, estructura y funcionamiento del Consejo Tripartito para el Desarrollo de las Relaciones Laborales y la Negociación Colectiva de la Comunitat Valenciana. El objetivo de esta modificación es crear un nuevo órgano en el consejo, la Comisión Permanente, "competente para dirimir los procedimientos de inaplicación de convenios colectivos".

El vicepresidente y portavoz del Consell, José Císcar, tras el pleno del Consell, ha explicado que se ha aprobado el procedimiento para la resolución de discrepancias en los procedimientos de inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo aplicable (conocido como "descuelgue" del convenio).

Además, ha destacado que el nuevo órgano estará integrado por el presidente y seis vocales designados a partes iguales por la administración autonómica, las asociaciones empresariales y las organizaciones sindicales más representativas de la Comunitat Valenciana.

La Comisión Permanente podrá resolver las discrepancias, "bien directamente, bien por un árbitro, según hayan acordado las partes". En el caso de que las partes no se pusieran de acuerdo, será la propia comisión la que decidirá si lo resuelve ella misma o a través de un árbitro, ha apuntado.

Como principal novedad del decreto, se regula el procedimiento para la resolución de discrepancias previsto en el Estatuto de los Trabajadores: requisitos de la solicitud, documentación que se ha de acompañar y trámites a realizar por el Consejo Tripartito.
FUNCIONES DEL CONSEJO TRIPARTITO

Mediante el nuevo decreto, se define el Consejo Tripartito como el órgano de asesoramiento de la Administración autonómica en materia de relaciones laborales, empleo y negociación colectiva y de solución de discrepancias en procedimientos de inaplicación de convenios.

Entre sus funciones, destacan las de informar la extensión de convenios colectivos y el calendario laboral de la Comunitat Valenciana, realizar estudios y dictámenes en las materias objeto de asesoramiento y resolver las citadas discrepancias.

En este sentido, ha explicado que se mantiene la estructura actual del plenario del mismo, presidido por un profesional de reconocido prestigio en el ámbito de las relaciones laborales, e integrado por doce vocales, de los cuales cuatro son a propuesta de la administración autonómica, cuatro a propuesta de la asociaciones empresariales y otros cuatro a propuesta de las organizaciones sindicales más representativas.

Por otro lado, ha recordado que el Consejo Tripartito tuvo su origen en una propuesta realizada en el marco del proceso de renovación del PAVACE 2001-2006, y se creó como órgano de asesoramiento y consulta de la Administración autonómica en materia de relaciones laborales, empleo y negociación colectiva.

Se trata de un órgano tripartito en el que están presentes, a partes iguales, la administración autonómica, las asociaciones empresariales y las organizaciones sindicales más representativas, ha apuntado.

En el ámbito de la Comunitat Valenciana, el Consejo Tripartito ha ejercido las funciones y competencias de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, principalmente la de informar las solicitudes de extensión de estos convenios cuando en un sector no existía uno propio aplicable.

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