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ENTRE FEBRERO Y MAYO

Los juzgados de Valencia registran 197 demandas relacionadas con preferentes

VALENCIAPLAZA.COM. 01/06/2013 Los jueces están preocupados por el constante incremento, no sólo de este tipo, sino también de complejos productos bancarios

VALENCIA (VP). Los juzgados de Primera Instancia del partido judicial de Valencia han registrado entre el 1 de febrero y el 31 de mayo 197 demandas relacionadas con el producto bancario de preferentes. Los jueces de la jurisdicción civil han mostrado su preocupación ante el constante incremento de presentación de este tipo de demandas, y de algunas otras relacionadas igualmente con complejos productos bancarios que han provocado importantes pérdidas de capital a quienes los suscribieron.

Por este motivo, han iniciado, junto al decano de los juzgados de Valencia, Pedro Viguer, una serie de iniciativas de análisis de la mejor forma de organizar mejor esta entrada específica de asuntos para dar la mejor y más eficaz respuesta a los afectados.

La próxima semana, el martes, se celebrará una junta específica para abordar la posibilidad de abrir una categoría de clasificación de los asuntos de este tipo (preferentes, swaps...) que se registran para poder dimensionar su impacto de manera inmediata. Además, se estudiarán formas de reparto para garantizar una gestión más eficaz de la progresión de los procedimientos.

Pedro Viguer, decano de los jueces de Valencia, ha expresado su preocupación por el incremento detectado en sólo cuatro meses de este tipo de asuntos, y ha trasladado a los magistrados de civil y la sala de Gobierno que "se arbitrarán los mecanismos adecuados para poder gestionarlos con la mayor eficacia".

LAS PREFERENTES, INCLUÍDAS EN EL CASO BANKIA

Justamente, la orden de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiendia Nacional de hace unos día de incluir el fraude a clientes particulares que adquirieron preferentes en el caso Bankia se debía a la querella presentada por la empresa Bochner España, quien adquirió 100.000 euros en acciones preferentes de Bancaja, en la que pedía imputar a la caja y al director de la sucursal de la localidad de Alberic.

Esta decisión de la Sección Tercera obligaría al instructor del caso Bankia, Fernado Andreu, quien investiga la salida a bolsa de la entidad, a admitir a trámite todas aquellas querellas de particulares afectados por la compra de este producto bancario, que a día de hoy son cientos de miles, con el consiguiente riesgo convirtiendo la investigación en un macroproceso de difícil y dilatada resolución.

La Sección Tercera asegura que las preferentes se ofrecieron con intención de recapitalizar entidades gravemente deficitarias. "Ante la imposibilidad de las cajas de acudir a los mercados financieros no tuvieron reparo en verificar a costa de los más débiles: los clientes, los ahorradores, los pensionistas, y ello con el objetivo futuro de conformar ellos una nueva entidad que pudiera salir a Bolsa", indicaba.

El auto agrega que la venta de preferentes se inscribe en "los actos preparatorios, previos e inseparables del posterior brusco deterioro patrimonial de Bankia, en cuanto constituyen maniobra de recapitalización artificial".

POSIBLE COLAPSO DEL JUZGADO

El presidente de la Audiencia Nacional, Ángel Juanes, advirtió de que la decisión de la Sala de lo Penal de este órgano de ordenar a Andreu que incluya en la causa el fraude de preferentes colapsará el juzgado, por lo que habrá que adoptar medidas de apoyo. Juanes reconoció que la decisión de la Sala de lo Penal tiene, no obstante, un punto de vista positivo, pues permitirá las personaciones y que todos los casos se resuelvan de forma conjunta en la Audiencia Nacional.

"Pero se va a dar lugar a un macroproceso", advirtió, por lo que de confirmarse la resolución de ayer habrá que arbitrar medidas de apoyo como la creación de un "juzgado bis" o refuerzos para el juez Central de Instrucción número 4. Apuntó también que los juzgados territoriales que llevan casos de preferentes pueden oponer un incidente de competencia y el asunto es probable que tenga que ser dirimido en último término por el Tribunal Supremo.

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