X AVISO DE COOKIES: Este sitio web hace uso de cookies con la finalidad de recopilar datos estadísticos anónimos de uso de la web, así como la mejora del funcionamiento y personalización de la experiencia de navegación del usuario. Aceptar Más información
GRUPO PLAZA
El Consell está personado en la causa de cooperación

Rafael Blasco
The final countdown

X. AGUAR. 24/05/2013 Las partes, incluida la Generalitat como acusación particular, deben formular el escrito de acusación y solicitar la apertura de juicio oral con el 3 de junio como límite

VALENCIA. El presidente de la Generalitat, Alberto Fabra, anunció este jueves en Les Corts que no le "temblará el pulso" a la hora de tomar decisiones después de que la Abogacía de la Generalitat y la juez se pronuncien sobre el caso de Cooperación, en el que el exconseller y actualmente diputado del grupo parlamentario 'popular' Rafael Blasco se encuentra imputado.

Poco tiempo queda para ambigüedades. Es la cuenta atrás para el exconseller, que vio este jueves como el propio jefe del Consell le tarareaba 'The Final Countdown' en el hemiciclo de Les Corts. Fuentes próximas a las partes del proceso, señalaron a este diario que la fecha tope para que se presente la solicitud de apertura del juicio oral y el escrito de acusación es el 3 de junio. Restan solo 10 días.

Esto significa que la Abogacía de la Generalitat, dado que el Consell se personó como acusación particular en el proceso, deberá enunciar su petición -si así lo considera- para la apertura de juicio oral y, además, cifrar las penas que solicita para los acusados -entre ellos Rafael Blasco- y reparación por los posibles perjuicios económicos sufridos por el Gobierno valenciano.

En este caso, y atendiendo a las palabras del presidente de la Generalitat, no tendría sentido que desde el Gobierno valenciano se eludiera solicitar juicio, condena y reparación, más aún tras el durísimo auto redactado por la juez del caso, Pía Calderón.

En el citado auto, la magistrada no solo considera que existen "indicios de criminalidad" en las actuaciones del exconseller, sino que lo sitúa en el centro de la trama. De hecho, al todavía diputado se le imputan los delitos de malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, prevaricación y falsedad documental.

Así, el 3 de junio expira este plazo para formular los escritos de acusación. Si bien puede producirse recurso de reposición y apelación hasta el 27 de mayo, las fuentes jurídicas consultadas recalcan que la solicitud de penas o sobreseimiento de las partes deberá ser presentado por las partes igualmente con el 3 de junio como fecha límite. Con posterioridad, podrían modificarse aspectos de la acusación de ser tomado en consideración alguno de los recursos.

¿Va a esperar Alberto Fabra a que la Generalitat señale al exconseller Rafael Blasco solicitando determinada condena mientras sigue siendo diputado del grupo parlamentario ‘popular'?

La situación sería ridícula. Más aún cuando el jefe del Consell manifestó este jueves que será "coherente" al ser inquirido por la oposición sobre este asunto en la sesión del control en Les Corts. En este sentido, aseguró que comparte la "preocupación" por este tema de "tanta sensibilidad" ya que se trata de "las ayudas de los valencianos a los más necesitados".

De hecho, este diario se puso en contacto con fuentes de Presidencia que remitieron a las palabras de Alberto Fabra para explicar los próximos pasos que se darán desde el Ejecutivo. Las conversaciones, según fuentes ‘populares', van dirigidas a que el parlamentario abandone su escaño de ‘motu proprio', pero por las palabras de Fabra y las de su entorno, no parece que se vaya a dejar más tiempo que el que ofrece esa línea roja a principios de junio.

PODRÍA SOLICITARSE UNA PENA DE DIEZ AÑOS DE PRISIÓN

Cabe recordar que los delitos imputados al exconseller de Solidaridad y Ciudadanía son malversación, falsedad documental, tráfico de influencias y prevaricación. Atendiendo a lo reflejado en el Código Penal, y aunque las partes consultadas no quisieron concretar su solicitud, en el escrito de acusación podría llegar a exigirse una condena que rondara los diez años de cárcel en el peor de los casos.

Por poner un ejemplo, el delito de tráfico de influencias por parte de un cargo público está castigado según el artículo 432 por entre 6 meses y dos años de cárcel, tomándose la parte alta de la condena si el acusado obtiene beneficio de sus acciones.

En el caso de malversación, el artículo 432.2 señala que la pena se sitúa entre 4 y 8 años de cárcel y entre 10 y 20 años de inhabilitación absoluta "si se trataran de efectos destinadas a aliviar alguna calamidad pública".

CONTUNDENTE AUTO DE LA JUEZ

El auto de la juez, hecho público el pasado viernes, es contundente. En él se acusa a Blasco de autorizar, en colaboración con otros altos cargos de la conselleria, "la creación de las condiciones necesarias para que se sustrajeran importantes cantidades de dinero y permitido por acción u omisión dicha sustracción".

En este sentido, se refiere a los 1,8 millones de euros que la Fundación Cyes -que no tiene ninguna relación con la constructora del mismo nombre- recibió en 2008 para la ejecución de dos proyectos en Nicaragua y de los que solo un 3% alcanzaron su destino final.

Blasco con otro imputado, Josep Maria Felip

Según Pía Calderón, la Conselleria de Cooperación otorgó subvenciones a esta ONG mediante resoluciones "arbitrarias e injustas". De hecho, recalca que las investigaciones reflejan que Cyes "no reunía los requisitos para ser beneficiada de tales subvenciones al carecer de experiencia en el mundo de la cooperación y estar desprovista de los medios personales y materiales necesarios para ejecutar proyectos de esta naturaleza".

En calidad de inductor, el exconseller esta imputado también por un delito de falsedad documental ante la constatación de alteraciones de documentos oficiales y expedientes que ejecutaron otros altos cargos de este departamento, también procesados.

La juez va más allá y apunta a que, dentro de la propia Conselleria, "se diseñó una actuación compleja" para sortear los controles internos para la concesión y justificación de ayudas. Entre ellos, la Comisión Técnica que debía valorar las propuestas de las ONG que optaban a éstas.

LAS SUPUESTAS PRESIONES DE BLASCO

Al parecer, según el relato del auto, el propio Blasco presionó a los miembros de este órgano "con el objetivo último de incluir a la Fundación Cyes como beneficiaria de las subvenciones".

El ahora diputado, sostiene la magistrada, "puso en duda la profesionalidad de los miembros de la Comisión, les preguntó si no habían cometido nunca ninguna irregularidad y terminó recriminándoles la falta de confianza...".

Es más, en virtud de distintos testimonios, precisa que el ex conseller amenazó a los técnicos que se negaban a firmar con revisar todo su trabajo anterior y que, de hecho, ordenó que se subieran a su despacho numerosos expedientes en busca de irregularidades. Presiones que, a juicio de Pía Calderón, podrían ser constitutivas de tráfico de influencias.

Los beneficiarios de esta trama serían el entorno del presidente de la Fundación Cyes, Marcial López, quien supuestamente compró dos inmuebles con dichas ayudas, y César Augusto Tauroni, de la Fundación Hemisferio, quien presuntamente obtenía un 25% del monto total de las subvenciones "mediante la emisión de facturas por trabajos y servicios muy posiblemente no realizados".

LAS ESTRECHAS RELACIONES CON TAURONI

Asimismo, a lo largo de este extenso auto, la juez acredita la estrecha relación entre Rafael Blasco y el considerado como cabecilla de la trama César Augusto Tauroni, que se remonta a los años 90, y al que adjudicó contratos la "práctica totalidad de las consellerias" por las que pasó.

Para Pía Calderón existen "indicios objetivos que permiten sostener que las relaciones entre Rafael Blasco y Tauroni no eran las habituales entre el máximo responsable de la Consejería y quienes pretendieran obtener subvenciones".

El auto se apoya en los numerosos correos electrónicos y llamadas telefónicas que constan en la causa y que constatan que Blasco y Tauroni hablaban a cualquier hora del día, en festivos o en vacaciones. Un trato preferencial que, según varios testigos, no realizaba con ningún otro responsable de ONG.

Ahora se abre un plazo de diez para que la Fiscalía y las acusaciones realicen sus calificaciones o pidan el sobreseimiento de la causa. La causa, en la que hay una treintena de imputados, entre ellos ex altos cargos de la Conselleria Solidaridad y Ciudadanía, se instruye en el TSJCV por la condición de aforado de Rafael Blasco, diputado autonómico del PP.

Comparte esta noticia

2 comentarios

Alfredo Camps escribió
10/06/2013 18:40

Al motu proprio le sigue sobran el "de" que le precede y las comillas. Un saludo

Alfredo Camps escribió
05/06/2013 18:41

El "si no" de la 2ª línea del tercer párrafo se escribe junto, puesto que indica contraposición. Y se escribe "motu proprio", no "motu propio". Además, es incorrecto su uso con preposición antepuesta. Cuidado con las alocuciones latinas. Y hasta ahí he leído, aunque me interesaba la noticia.

Escribe un comentario

Tu email nunca será publicado o compartido. Los campos con * son obligatorios. Los comentarios deben ser aprobados por el administrador antes de ser publicados.

publicidad