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LA GENERALITAT MODIFICA LA LEY DE COOPERATIVAS

El número mínimo de socios para crear cooperativas de trabajo asociado se reduce a dos

VALENCIAPLAZA.COM. 07/07/2012 También se introduce esta excepción para las cooperativas de segundo grado, que sólo requeriran dos entes fundadores en lugar de tres

VALENCIA. La Conselleria de Educación, Formación y Empleo que encabeza María José Catalá ha impulsado la modificación de la Ley de Cooperativas con el objetivo de agilizar y flexibilizar los trámites de constitución de este tipo de empresas. Así, uno de los aspectos destacados es que el número mínimo de socios para crear una cooperativa de trabajo asociado pasará de tres a dos miembros.

Esta excepción también se introduce, con la nueva legislación, para las cooperativas de segundo grado, en las que bastará también con dos cooperativas fundadoras en lugar de tres.

María José Catalá

Asimismo, según informaron fuentes de la Generalitat, también se modifica la ley para introducir, como causa de disolución de las cooperativas, el hecho de que transcurrido un año desde su creación, no se haya incorporado a la efectiva prestación laboral al menos dos socios adicionales. Anteriormente, la causa de disolución se fijaba con la no incorporación de cómo mínimo, tres socios.

Se incluye además un nuevo apartado en la ley que explica que, a las cooperativas de trabajo asociado que únicamente cuenten con dos socios trabajadores, les serán de especial aplicación todos los acuerdos sociales que requieran mayoría de socios, que pasan de adoptarse con una mayoría de tres socios a una mayoría de dos.

En este sentido, podrán constituir su consejo rector con sólo dos miembros, por lo que no será necesario que se cree la comisión de recursos humanos o la de control de la gestión y podrá encomendarse la liquidación a uno o dos socios.

Así, el importe total de las aportaciones de cada uno al capital social no podrá superar el 50 por ciento del mismo. Sin embargo, transcurridos cinco años desde que la cooperativa opere solo con dos socios el importe no podrá superar el 45 por ciento del mismo.

 

 

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