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Reforma Laboral 2012

La culminación de 30 años de ajustes

ALVARO MOHORTE. 11/02/2012 Los últimos treinta años han sido un constante tira y afloja entre la incentivación de la temporalidad y las facilidades de despido en las crisis y por el aumento de los indefinidos en tiempo de bonanza
Sáez de Santa María y Fátima Báñez

VALENCIA. La nueva reforma laboral no es una revolución. Aunque incluye medidas en el abaratamiento del despido y facilidades en la contración, sigue la línea de la de 2010, ampliando determinados supuesto. Desde la promulgación del Estatuto de los Trabajadores en 1980,  esta es la decimoséptima modificación, pero han sido seis las más trascendentales.

A la hora del despido, la nueva norma elimina las excepciones fijadas en 2010 en las indemnizaciones por despido improcedente. Nadie ya podrá recibir 45 día por año trabajado (aunque eran una minoría desde hace dos años) y los trabajadores indefinidos que sean despedidos sin causas objetivas lo serán conforme a esos 45 día hasta la entrada en vigor de la norma y de 33 días a partir de esa fecha.

Sí es nuevo el hecho de que el despido se reduzca a 20 días en el caso de registrar tres trimestre consecutivos de pérdidas actuales con previsiones también negativas o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas por un mismo periodo. La ministra ha advertido que esta medidas se aplicará se hará "bajo control judicial".

La reforma recuperará a partir del uno de enero de 2013 el límite al encadenamiento de contratos temporales eliminado en la reforma de 2010, y suprime la autorización laboral administrativa que se requería en los despidos colectivos. De este modo, si una empresa tiene que despedir a más de un 10% de su plantilla deberá comunicarlo, pero no necesitará la conformidad de la dirección general de Trabajo de su autonomía, como hasta ahora.

LA HISTORIA DEL ABARATAMIENTO DEL DESPIDO

Esta es la reforma que ha legado más lejos en la facilidades de rescisión. En la segunda gran reforma, realizada en 1994, ya se ampliaron las justificaciones para aplicar los despidos objetivos y en la 2001 también se abarató el despido de los indefinidos a cambio de un endurecimiento del de los temporales. La situación en este último año era de bonanza y la intención era reducir la temporalidad para generar empleos más estables en plena bonaza económica.

José Luis Rodríguez ZapateroSin embargo, muchos de los aspecto de la nueva norma profundizan los pasos que ya se dieron en la reforma del Gobierno Zapatero de hace dos años. Además de la práctica eliminación de las indemnizaciones a 45 días por año; para aligerar los costes a las empresas, el Ejecutivo socialista subvencionó a cargo del Fondo de Garantía Salarial ocho días de la indemnización de todos los trabajadores indefinidos

Además, se incrementó del conste del despido temporal de 8 a 12 días, pero se limitó el uso del contrato de obras y servicios a cuatro años. Además, para facilitar que los ERE temporales se aplicaran sólo a unas horas de jornada laboral, el trabajador afectados pasaron a cobrar el resto de su retribución a través de los servicios de desempleo.

COMPATIBILIZAR SUELDO Y PARO

Aunque una de las críticas más habituales en la abundancia de tipos de contratos en España, la reforma de 2012 amplia la oferta con la creación de un nuevo contrato indefinido para empresas de menos de 50 trabajadores, con un periodo de prueba de un año. La empresa tendrá una deducción fiscal de 3.000 euros cuando contraten a su primer trabajador, siempre que sea menor de 30 años.

En defensa de la medida, desde el PP, se admite que no había más que una decena de modalidades de contrato, aunque culpa al "maremagnum" de bonificaciones de la confusión que considera que se ha producido en los últimos años. 

Es una novedad la opción anunciada para que el trabajador pueda percibir, junto con su sueldo, el 25% de la prestación por desempleo durante un año. Además, los emprendedores que contraten a un trabajador en paro bajo esta modalidad podrán deducirse fiscalmente el 50% de la prestación por desempleo que viniera cobrando el trabajador durante un año.

Fátima BáñezAsimismo, la reforma fomentará la contratación indefinida de jóvenes de entre 16 y 30 años durante tres años con bonificaciones empresariales de hasta 3.600 euros y de hasta 4.500 en el caso de que los contratados sean parados de larga duración mayores de 45 años.

La norma crea una cuenta de formación para cada trabajador, potencia la intermediación laboral de las empresas de trabajo temporal, regula por primera vez el teletrabajo, modifica el contrato estable a tiempo parcial y también el de formación y aprendizaje.

El contrato de formación podrá realizarse con trabajadores de hasta 30 años hasta que la tasa de paro no baje del 15%. Cuando esta caiga por debajo de esa barrera, la edad máxima del contratado será de 25 años. Además, ha dicho la ministra, los trabajadores podrán formarse en las propias empresas, al estilo del modelo dual de formación.

DECADAS DE NUEVOS CONTRATOS

La generación de nuevas modalidades de contrato han sido una constante en las sucesivas reformas laborales. Ya en 1984 se generó una mayor variedad de contratos para facilitar al contratación temporal. De esta manera se impulsó el Contrato de Fomento del Empleo, que eliminó restricciones en función del tamaño de la plantilla, pero lo limitaba a renovaciones semestrales hasta un máximo de tres años.

Felipe GonzálezDe este reforma son los contratos eventuales por circunstancias de la producción, el de tiempo parcial el de trabajo en prácticas hasta cuatro años después de terminar los estudios; la ampliación del de formación hasta los 20 años; o el contrato de lanzamiento de nueva actividad.

A los diez años, se quiso poner freno a la temporalidad y se limitó el contrato de fomento del empleo a los discapacitados, desempleados de larga duración y a los mayores de 45 años. Sin embargo, la medida impulsó los contratos de formación en prácticas y de aprendizaje para los jóvenes.

MODELOS DE QUITA Y PON

Ante el fracaso cosechado, en 1997 se volvió a inventar la nueva figura del contrato de fomento de la contratación indefinida con una indemnización de 33 días por año trabajado. Se eliminó el contrato por lanzamiento de nueva actividad y se modificaron las condiciones de los contratos de formación y en prácticas.

En 2001 se optó por favorecer la contratación a tiempo parcial, se redujo la duración de los contratos eventuales por circunstancias de producción y se creó el contrato de inserción para la Administración pública.

José María AznarEn la penúltima refroma, la de 2006, se optó por bonificar los nuevos contratos indefinidos, la conversión de temporales en fijos y se redujeron las cotizaciones empresariales al Fondo de Garantía Salarial y por desempleo. Además, se limitó el encadenamiento de contratos temporales y se aumentó el control del intercambio de trabajadores entre empresas que compartieran el mismo centro de trabajo para evitar fraudes.

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2 comentarios

Claudia escribió
11/02/2012 15:25

Esto si no despertamos es sólo el principio. "Nuetros" emprsearios, y el gobierno de turno, pretenden que lo único equiparable con el mundo desarrollado sena sus prebendas y privilegios. Los demás a competir con los chinos. Por tanto, esta reforma es sólo la primera, En 10 años los chinos de las zonas desarrolladas vivirán mejor que la mayoría de los valencianos ¿La excepción?. Los políticos y los grandes privilegiados. Y encima lo aceptamos.

ion escribió
11/02/2012 09:27

Yo soy parado de larga duración y tengo mas de 30 años. Deberian pensar en nosotros tambien, que tambien tenemos derecho. Soy mayor de 30 y menor de 45. Llevo parado desde el 2008 y esto me desanima de que ninguna empresa por eso me va a contratar. Que rabia.y ahora que pasa??

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