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El PSPV recurre la absolución de Francisco Camps y Ricardo Costa por haber contradicciones

10/02/2012

VALENCIA (EP). El PSPV ha recurrido la absolución del expresidente de la Generalitat Valenciana Francisco Camps y del ex secretario general del PPCV y diputado en las Corts, Ricardo Costa, de un delito de cohecho pasivo impropio en la conocida como 'causa de los trajes', al entender que existe una "manifiesta contradicción" entre los hechos declarados probados por parte de los miembros del jurado.

Los socialistas, que ya avisaron de su intención de recurrir la sentencia absolutoria -pese a que el ministerio fiscal ha decidido no hacerlo-, han apurado el plazo permitido por la ley para presentar la resolución, puesto que concluía este mismo viernes.

El PSPV, que ejercía de acusación popular en la causa, ha recurrido la sentencia ante Juan Climent, el magistrado presidente del tribunal del jurado, en base a cinco criterios. El primero de ellos se fundamenta en quebrantamiento de forma al existir contradicción entre los hechos declarados probados. Este hecho, a su entender, debería haber obligado al magistrado a devolver el acta al jurado.

El segundo de los criterios se engloba también en el quebrantamiento de forma pero hace referencia a que se ha dictado una sentencia sin la concurrencia del número de votos exigidos por la ley. El abogado del PSPV, Virgilio Latorre, también alude, en un tercer apartado, a infracción del precepto constitucional, al considerar que se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva; el derecho a la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos; y el derecho a un procedimiento con todas las garantías.

En un cuarto apartado, el abogado comenta que ha habido infracción de ley al existir error en la apreciación de la prueba, en base a una serie de documentos que "demuestran la equivocación del juzgador" sin resultar contradichos por otros elementos probatorios.

Entre otros documentos, el letrado alude a unas hojas de pedido de la sastrería de Forever Young a Sastgor, en las que constan tres pedidos de prendas de vestir a nombre de Ricardo Costa y cuatro a nombre del Sr. Camps. También nombra un recibo de venta por la compra de cuatro corbatas en el que aparece la nota manuscrita de 'Camps'; y un listado dirigido a la Atención de Pablo Crespo --uno de los presuntos cabecillas de la trama-- con una relación de personas e importes atribuidos a cada una de ellas. En esta última aparece el nombre de Ricardo Costa y Francisco Camps, a quienes se les atribuye una cuantía de dinero.

Además, Latorre recuerda que hay una relación de tickets de venta de Milano Difusión que fueron pagados con dos cheques emitidos por Orange Market que hacen referencia a Camps y a Ricardo Costa; facturas de Sastgor a Castellana Inmuebles y Locales de prendas confeccionadas a nombre de Francisco Camps; y confirmaciones de pedido tanto a Milano como a Forever con los nombres de Francisco Camps y Ricardo Costa.
EL FAX DE JOSÉ TOMÁS

El abogado también ha nombrado el fax manuscrito y protocolizado aportado por el 'director de moda' José Tomás en una de sus declaraciones ante el jurado. Este documento fue remitido a Pablo Crespo y en él constan prendas atribuidas a Camps por un importe total de 2.680 euros, y especifica que la deuda que incluye la del Sr. Camps y otra del Sr. Pérez asciende a 4.040 euros.

Asimismo, el PSPV alude a diferentes justificantes bancarios en los que constan distintas transferencias por varios importes; así como una nota hallada en un ordenador en el registro de la embarcación 'Parapipi', en el que aparece anotado 'Cans' junto a dos cantidades; además de Ricardo Costa y de Camsp.

Latorre incorpora, además, varios inventarios de la tienda Milano correspondientes a enero de 2006, a agosto del mismo ejercicio y a enero de 2007. En el primero de ellos aparecen dos apuntes a nombre de Camps y otro a nombre de Costa, todos ellos correspondientes con unos tickets de venta. En el segundo están los mismos números de tickets pero con el nombre de Comunidad Valenciana. Y en el tercero sigue existiendo un ticket a nombre de Comunidad.

También alude a la existencia de un CD que contempla un apunte de la Caja B Orange del año 2007 y otro apunte del mismo ejercicio. En ambos casos se trata de un apunte del 23 de enero de 2007 en el que se hace constar 'Ent. A P.Crespo p/Pago en milano' por importe de 4.821 euros.

Por último, el PSPV hace referencia en su recurso, como quinto criterio, a la infracción del precepto legal. Ante todos estos argumentos, solicita al magistrado presidente que admita el recurso de casación y, además, le adjunta un resguardo de la consignación del depósito que se le exige para la interposición de la resolución.

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