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Bancaja será el último acreedor de Martinsa-Fadesa en cobrar, pese a que se le adeudan 230 millones de euros

07/07/2010

Su condición de accionista de la inmobiliaria gallega, de la que controla un 5,97% del capital social, la sitúa al final de la cola acreedora, según la Ley Concursal

VALENCIA (VP(EP). El Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña ha decidido colocar a Bancaja a la cola de las posibilidades de cobro en el procedimiento por insolvencia de Martinsa-Fadesa, con lo que no podrá recibir cerca de 230 millones que le adeuda la inmobiliaria hasta que cobre el resto de los acreedores.

Así figura en una sentencia fechada el 28 de junio, en la que el juez Pablo González Carreró estima parcialmente la demanda de un grupo de acreedores representados por el despacho Iure Abogados, que habían pedido que se subordinaran las deudas de Bancaja porque esta conocía los problemas financieros que llevaron al grupo a presentar el concurso de acreedores, en su calidad de accionista y consejero.

El juez admite que la caja valenciana era una "persona especialmente relacionada" con Martinsa, ya que fue nombrada miembro del consejo de administración el 27 de junio de 2007 y alcanzó el 5,975% del capital de la compañía cotizada en bolsa.

La Ley Concursal, la que rige los procedimientos de empresas insolventes, establece que en cualquier caso serán considerados como subordinados los créditos de "las personas especialmente relacionadas con el deudor".

Entre ellas cita a "los socios que sean titulares de, al menos, un 5% del capital social, si la sociedad declarada en concurso tuviera valores admitidos a negociación en mercado secundario oficial".

Por tanto, aplica las normas de subordinación de créditos que establece la Ley Concursal, que en concreto impone ese castigo a las deudas que hayan pasado a la titularidad del nuevo acreedor con posterioridad al momento en que tiene legalmente la condición de persona especialmente relacionada con la empresa deudora.

Así, ordena que se subordinen los importes que Martinsa-Fadesa empezó a deber a Bancaja después de que entrara a formar parte de su consejo de administración, es decir, los procedentes del crédito sindicado que se concedió a Fernando Martín para comprar la inmobiliaria gallega y que se renegoció en mayo de 2008.

El juez reconoce, no obstante, que cuando se negoció y firmó ese préstamo en febrero de 2007, "Bancaja no intervino en modo alguno y no pudo desplegar ninguna influencia puesto que por entonces no era consejera, ni de Martinsa ni de Fadesa, y no había adquirido tampoco la participación accionarial en Martinsa que tomó en marzo de 2007".

González-Carreró rechaza en cualquier caso subordinar los importes que Martinsa-Fadesa debe a la promotora de la caja valenciana, Bancaja Habitat, que superan los 53 millones de euros.

"Que se trate de una entidad del grupo Bancaja no quiere en modo alguno decir que haya sido utilizada fraudulentamente por la cabecera del grupo para amparar sus créditos ante la eventualidad de la insolvencia de Martinsa-Fadesa", señala la sentencia.

Añade que "la mera existencia de un grupo de empresas no permite, por sí sola, presumir finalidades espurias ni establecer comunicación de responsabilidades en cualquier ámbito".

En un comunicado, Iure Abogados sostiene que la sentencia supone un importante beneficio para los acreedores ordinarios en el concurso de Martinsa Fadesa, como los compradores de vivienda, ya que "aumenta así sus perspectivas de cobro".

La administración concursal valoraba el activo de la empresa en 7.336,9 millones de euros, con los que tenía que hacer frente a deudas por 7.155,9 millones de euros.

De esa cantidad, 1.827,6 millones son créditos privilegiados (se pagan con prioridad), 4.361,7 millones son créditos ordinarios y 542,7 millones eran calificados como subordinados, a los que ahora habrá que añadir los 230 millones de Bancaja.

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