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La Comisión de la Competencia multa a Prisa y a Zeta por vender publicidad conjunta

28/11/2011

MADRID (EFECOM). La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha considerado que algunas cláusulas de un acuerdo de Prisa y Zeta para comercializar publicidad conjuntamente dañan la libertad de mercado, por lo que les ha instado a eliminarlas y les ha multado con 478.611 euros, en el caso de la primera, y con 75.931 euros, a la segunda.

Fuentes de Prisa han señalado a Efe que ya han recurrido la resolución y la sanción ante la Audiencia Nacional, mientras que desde Zeta señalan que se está estudiando la resolución de competencia al tiempo que la asesoría jurídica del grupo estudia un posible recurso.

En la resolución hecha pública hoy la CNC analiza la creación de una empresa controlada conjuntamente por Prisa y Zeta para comercializar espacios publicitarios en prensa escrita e internet.

La CNC no consideró dañina en su día para la libertad de mercado aquella operación, pero sí abrió expediente sobre algunas de las cláusulas de tal acuerdo, cláusulas que ha calificado ahora de "anti-competitivas", según una nota de prensa que ha hecho pública hoy el citado organismo.

En concreto, el expediente se refiere a un acuerdo entre ambos grupos del año 2002, un acuerdo para comercializar conjuntamente los espacios publicitarios de las revistas dominicales de 'El País' y 'El Periódico de Cataluña' (pertenecientes a Prisa y Zeta respectivamente).

Este acuerdo se extendió luego, según la CNC, a finales de 2009, a la comercialización de espacios publicitarios de los periódicos diarios citados y también a los deportivos As y Sport, de los mismos propietarios, también respectivamente.

"Se trata de acuerdos de comercialización conjunta entre competidores de cierta entidad que incluyen ciertas restricciones innecesarias para el desarrollo competitivo", dice la resolución de la CNC, que identifica como dañina para la libre competencia la coordinación de las partes para fijar el precio del bien objeto de venta (el espacio de publicidad).

Los acuerdos, destaca la CNC, incluyen la obligación para el cliente de insertar sus anuncios en ambas publicaciones, lo que restringe sus posibilidades de elección.

La CNC, "atendiendo a la aptitud anti-competitiva" de tales prácticas, insta a las partes a que eliminen tales cláusulas de su acuerdo o que deshagan su alianza en su caso, y les impone las multas citadas.

La sanción alcanza los 478.611 euros en el caso de Prisa, a pagar de forma solidaria por las empresas del grupo, y los 75.931 euros por lo que respecta a Zeta, a pagar también de forma solidaria por sus empresas.

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