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El 'turismo sanitario' tiene los días contados: los Estados miembros de la UE aprueban la nueva norma que lo restringe

09/06/2010 España logró un apoyo mayoritario para su propuesta de compromiso, que es más restrictiva que el plan original de la Comisión Europea

LUXEMBURGO (OTR/PRESS). La nueva norma aumenta el número de casos en los que se necesita autorización previa para ir a tratarse en el extranjero, con el objetivo de limitar el 'turismo sanitario'. La directiva establece que los europeos no necesitan autorización previa de su país de origen para recibir tratamiento en otro Estado miembro, y tienen derecho a que se les reembolse el coste a la vuelta. Sí se exigirá autorización cuando se acuda a una consulta privada en el extranjero.

Además, se ha llegado a un acuerdo respecto a los jubilados que residen en España, que no tendrá que pagar los coses sanitarios cuando el jubilado se trate en su país de origen. Los turistas sanitarios buscaban hasta ahora, entre otras cosas, saltarse las listas de espera.

En cambio, en los tratamientos hospitalarios y altamente especializados, sí se que se permitirá exigir una autorización previa para los nacionales que quieran ir a otro país de la UE. Eso sí, deberán justificar que, sin esta restricción, podría haber riesgos para el funcionamiento de sus sistema sanitario.

Sólo Polonia, Portugal, Eslovaquia y Rumanía se opusieron al compromiso español. Estos países alegaban que la nueva norma pone en riesgo la sostenibilidad de los sistemas sanitarios nacionales en un momento de crisis y reclamaban todavía más límites para los tratamientos transfronterizos. "Hemos alcanzado ya una amplia mayoría sobre el acuerdo político que presenta la presidencia en colaboración con la Comisión", destacó la ministra de Sanidad, Trinidad Jiménez, al término del debate. "Es una propuesta realista en la que todos hemos cedido un poco", dijo.

Por su parte, el comisario de Sanidad, John Dalli, agradeció los "esfuerzos" y el "liderazgo" de la presidencia española y afirmó que la nueva norma "garantizará que los pacientes sean conscientes de sus derechos a la asistencia sanitaria transfronteriza y demostrará que la UE trabaja en beneficio de sus ciudadanos". En todo aso, admitió que el Ejecutivo comunitario "hubiera preferido un texto más innovador".

Jiménez logró bloquear el pasado diciembre el anterior borrador de esta directiva. España alegó entonces que no garantizaba una atención de buena calidad y que supondría un coste adicional para la sanidad española de 2.000 millones de euros anuales. Apoyaron a España Portugal, Rumanía, Grecia, Polonia, Lituania y Eslovaquia.

La directiva establece que los europeos no necesitan autorización previa de su país de origen para recibir tratamiento en otro Estado miembro y tienen derecho a que se les reembolse el coste a la vuelta. En el caso de los tratamientos hospitalarios y altamente especializados, sí que se permitirá a los Estados miembros introducir un sistema de autorización previa para sus nacionales que quieran ir a otro país de la UE. Eso sí, deberán justificar que, sin esta restricción, podría haber riesgos para el funcionamiento de su sistema sanitario.

AUTORIZACIÓN PARA LOS TRATAMIENTOS PRIVADOS

La presidencia española ha introducido nuevas limitaciones para los pacientes que quieren ir a tratarse a otro Estado miembro. El borrador anterior de la directiva obligaba a la sanidad pública española a pagar el tratamiento de un paciente español que acuda a una consulta privada de otro país de la UE, incluso aunque no estuviera concertada. El acuerdo final permitirá a España exigir autorización previa para los tratamientos privados en el extranjero y denegarla alegando que no garantizan una calidad suficiente.

El otro gran problema para España de la directiva era quién paga los tratamientos en el extranjero de los jubilados de otros Estados miembros que residen en suelo español. Inicialmente, se preveía que fuera el país de residencia y no el de afiliación (es decir, aquel en el que han cotizado) el que corriera con los gastos. Es decir, que si un alemán residente en Mallorca fuera a tratarse a Berlín, la sanidad española debería reembolsarle los costes.

El compromiso final dispone que si un jubilado residente en España va a tratarse a su país de origen, será este Estado de afiliación el que pague. En el caso del alemán residente en Mallorca que va a Berlín, sería la sanidad alemana la que se haría cargo de los gastos. En el resto de casos, será el país de residencia el que pague. Es decir, si el mismo jubilado va a tratarse a Francia, sería España la que pague.

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