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Andorra deja de ser un paraíso fiscal para los contribuyentes españoles

28/05/2010

MADRID (VP/EP). El Pleno del Congreso de los Diputados dio ayer su visto bueno al convenio suscrito entre España y Andorra que permitirá a la Agencia Tributaria demandar a las autoridades del Principado el acceso a los datos bancarios y contables e identificar a los beneficiarios de cualquier tipo de transacción que implique a contribuyentes españoles.

El texto del acuerdo, suscrito el pasado 14 de enero, dispone su entrada en vigor tres meses después de que lo ratifiquen los Parlamentos español y andorrano, aunque la previsión del Gobierno andorrano es que entre en vigor a partir del 1 de enero de 2011, sin que tenga carácter retroactivo. En ese momento, España retirará al Principado de su lista de paraísos fiscales, en la que entró en 2006.

La vicepresidenta económica del Gobierno, Elena Salgado, firmó a principios de año este convenio con el jefe de Gobierno de Andorra, Jaume Bartomeu, quien ya precisó que el acuerdo no admite "expediciones de pesca" y España no podrá reclamar la lista de todos los ciudadanos españoles, sino que sólo se responderá en el casos particulares tras un expediente abierto por las autoridades de nuestro país.

SALGADO VE UN "RELEVANTE EFECTO DISUASORIO"

Por su parte, Salgado celebró que el acuerdo supone un avance "muy importante muy apreciable" en la lucha contra el fraude fiscal y tendrá un relevante efecto disuasorio para la realización de operaciones que tengan por finalidad el fraude fiscal internacional.

El acuerdo ratificado hoy se suma a los 17 suscritos por Andorra con Austria, Liechtenstein, Mónaco, San Marino, Francia, Bélgica, Argentina, Países Bajos y Portugal y otros países. El criterios de la OCDE para acceder al grupo de países cooperantes en esta materia estaba en los doce convenios.

PETICIÓN DEBIDAMENTE FUNDAMENTADA

No obstante, no todos los acuerdos suponen la exclusión automática de la lista de paraísos fiscales de cada país, como sí ocurre en el caso de España.

En cualquier caso, se exige una petición debidamente fundamentada con indicios y pruebas suficientes de que existen cuentas en Andorra, se fija un procedimiento de notificación y oposición a la demanda de información, se recoge la no retroactividad y se prohíben las 'fishing expeditions' (solicitudes colectivas y generalizadas de información).

 

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