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Barclays tendrá que pagar medio millón de euros a un 'inversor' por invertir en Lehman

12/07/2011 El cliente, defendido por Cremades & Calvo-Sotelo, era una persona de avanzada edad, con importantes limitaciones físicas y psíquicas, sin experiencia financiera

MADRID. El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Madrid dictó el pasado 9 de mayo una sentencia por la cual, estimando íntegramente la demanda interpuesta por J.R.B. contra Barclays, declaró la nulidad del contrato de adquisición de bonos de Lehman Brothers suscrito entre el cliente y Barclays y condenó a la entidad bancaria a la restitución de la cantidad entregada (500.000 euros), más los intereses desde la fecha de recepción de las mismas (29 de enero de 2007). Así han informado a este diario desde el despacho de abogados Cremades & Calvo Sotelo.

La sentencia fundamenta su decisión en las circunstancias personales del cliente, en la ausencia de información por parte de Barclays, en la existencia de un asesoramiento financiero y en el riesgo de la propia inversión en Lehman como consecuencia de la situación económica del 2006 y 2007.

Tal y como recoge la Magistrado María Consolación González Sánchez en su sentencia, "es evidente que el desconocimiento por el cliente del producto que se le ofreció y contrató no puede atribuirse a su conducta negligente sino a la falta de la preceptiva información por parte de la entidad bancaria al momento de suscribir el contrato, así como a la inexistencia de una información completa acerca de las características del producto". Efectivamente, en la documentación entregada al cliente no se hacía constar ni la identidad del emisor ni la del garante, ni tampoco cuál era la delimitación de los riesgos de la operación, tanto de crédito como de mercado. "La actuación del Banco (sigue diciendo la sentencia) fue contraria a los principios de claridad y transparencia".

José Estévez y Luis Vericat son los abogados de Cremades & Calvo Sotelo que han llevado el caso. El primero considera que uno de los puntos más importantes de la sentencia es la asimilación que se hace entre recomendación personalizada y asesoramiento financiero; asimilación que la propia CNMV ha constatado y que las entidades bancarias no quieren reconocer: "nuestro cliente invirtió en Lehman por consejo de Barclays y ese consejo de por sí debe considerarse como un asesoramiento, que genera unas obligaciones para la entidad bancaria de las que no puede desentenderse".

Luis Vericat, por su parte, destaca el hecho de que la sentencia considere la inversión en bonos de Lehman en enero de 2007 como una inversión arriesgada, teniendo en cuenta la gravísima situación económica y de bancarrota por la que estaban atravesando los bancos americanos en el 2006 y principios de 2007. "Lo más sorprendente es que fue el propio perito de Barclays el que reconoció ese extremo y así se hace constar expresamente en la sentencia", dice Vericat.

La sentencia ha sido apelada por Barclays y ahora será la Audiencia Provincial de Madrid la que decida si la confirma o no.

 

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