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Las empresas cotizadas deberán suprimir los blindajes a partir de mañana viernes

30/06/2011 Con la entrada en vigor de la 'enmienda antiblindajes' incluida en esta ley, cada una de las acciones de una empresa cotizada dará derecho a emitir un voto

MADRID (EP). Mañana entrará en vigor la prohibición de las limitaciones de derechos de voto en las empresas cotizadas, nueva norma que se incluyó en la reforma de la Ley de Auditorías y Sociedades Anónimas aprobada el pasado año.

Con la entrada en vigor de la 'enmienda antiblindajes' incluida en esta ley, cada una de las acciones de una empresa cotizada dará derecho a emitir un voto.

De esta forma, desaparecerán las limitaciones que presentan los estatutos de algunas empresas, que impiden ejercer derechos de voto por más de un determinado porcentaje aunque el accionista cuente con un mayor número de acciones.

Iberdrola es una de las empresas que cuenta con este tipo de limitaciones de derechos de voto, en su caso del 10%, y además tiene recurrida ante el Supremo la nueva normativa que los elimina.

En su recurso, admitido a trámite, la eléctrica alega defectos de forma en la tramitación de la norma y subraya aspectos como los daños que, en su opinión, la supresión de los blindajes provoca a los accionistas minoritarios.

La compañía que preside Ignacio Sánchez Galán recurrió esta nueva norma en tanto actualmente mantiene un contencioso en los tribunales con ACS, su primer accionista con un 19,02% de su capital, por el eventual derecho del grupo de construcción y servicios de entrar en el consejo de la eléctrica.

Este recurso no afecta a la entrada en vigor de la prohibición de las limitaciones de voto a partir del 1 de julio, según indicaron en fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, que también recordaron que Supremo no puede anular leyes.

Entre el resto de compañías que cotizan en el Ibex 35 que aún tienen limites en los derechos de voto figuran Telefónica, Repsol y Enagás, si bien en este último caso el blindaje (limita el ejercicio de los derechos políticos al 3%) no es estatutario, sino que viene establecido en la Ley de Hidrocarburos.

La supresión de los blindajes en empresas cotizadas se articuló a través de una enmienda que se presentó en el proceso de reforma a la Ley de Auditorías y Sociedades Anónimas y que se incluyó en el texto, en el apartado primero de la disposición final quinta.

La ley entró en vigor, con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en junio de 2010, salvo la parte relativa a la supresión de los blindajes, sobre la que se convino en dar un plazo de un año, hasta el 1 de julio de 2011, para que no "interfiriera" en la celebración de las juntas de accionistas de las empresas.

Para las empresas que sopesan salir a Bolsa, la nueva normativa también establece un plazo de un año para que supriman cualquier limitación de los derechos de voto de sus estatutos.

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