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El TC admite el recurso de la Generalitat contra el recorte de las primas a los huertos solares

19/04/2011 La norma recurrida por el gobierno valenciano prevé un ahorro de 4.616 millones en subvenciones a los huertos solares

MADIDB (EFECOM). El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por la Comunidad Valenciana contra el Real Decreto Ley 14/2010 que limita las horas con derecho a prima que pueden cobrar las instalaciones fotovoltaicas, informaron a Efe fuentes del sector.

Con esta decisión, el Constitucional ha admitido ya a trámite dos recursos de inconstitucionalidad contra la norma, el que presentó la Región de Murcia y el de la Comunidad Valenciana. Un recurso que sólo pueden presentar las comunidades autónomas, el presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo y 50 diputados o senadores.

El Gobierno valenciano anunció a mediados del pasado mes de febrero su intención de llevar al Tribunal Constitucional estos recortes, que se incluyen dentro del paquete normativo con el que el Gobierno prevé ahorrar al sistema eléctrico 4.616 millones hasta 2013.

Según manifestó entonces el conseller de Infraestructuras y Transportes, Mario Flores, los recortes castigan de manera "injustificada" a las empresas fotovoltaicas y a quienes invirtieron en el sector, provocando además pérdidas de ingresos cercanas a los 120 millones de euros para los próximos 3 años.

Por su parte, Extremadura está dialogando con la Administración sobre la posibilidad de presentar también un recurso de inconstitucionalidad contra el Decreto con el que el Ejecutivo pretende reducir en 740 millones anuales los costes del sistema.

Si bien, en el caso de que finalmente decida plantearlo se hará en un plazo de seis meses.

Después de admitir a trámite estos recursos, el TC debe comunicárselo al Congreso y al Senado, al Gobierno y a los órganos legislativo y ejecutivo de la Comunidad Autónoma a fin de que puedan personarse en el procedimiento y formular las alegaciones que consideren.

A partir de ese momento, los abogados del Estado tienen 15 días para presentar las alegaciones, que el Tribunal resolverá en un plazo de 10 días, salvo que estime necesario un plazo más amplio que, en ningún caso, puede superar los 30 días.

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