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El Ministerio de Justicia rechaza modificar los procedimientos de insolvencia de particulares

14/02/2011 Las entidades financieras creen que cualquier mejora en el tratamiento de los concursos de acreedores podría disparar la presentación de estos procedimientos

MADRID (VP/EFE). El Ministerio de Justicia ha aparcado provisionalmente la posibilidad de modificar los procedimientos de insolvencia de los particulares, debido al rechazo frontal de las entidades financieras a que se incremente la protección de los ciudadanos que no puedan hacer frente al pago de sus deudas.

Según fuentes jurídicas consultadas, el departamento que dirige Francisco Caamaño ha decidido no incluir ninguna variación en el tratamiento que la nueva Ley Concursal otorga a los concursos de acreedores de personas físicas, por lo que deberá ser el Parlamento el que decida si mejora esos procesos cuando tramite el proyecto de ley.

En los últimos meses, son muchos los jueces y expertos que se han mostrado a favor de modificar la Ley Concursal para favorecer que los particulares insolventes lleguen a acuerdos con las entidades financieras sobre el pago de las deudas o que incluso se les condonen los importes que no puedan abonar con la venta de sus viviendas.

Este es el caso del titular del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, José María Fernández Seijo, que aboga por que los jueces puedan imponer de oficio a la banca la aceptación de planes de pagos cuando esté sobradamente probada la honradez de los particulares que se han visto abocados al proceso de insolvencia.

Fernández Seijo destaca que, en general, son limitados los casos en los que las entidades financieras aceptan un plan de pagos de un particular, por lo que se ven obligados a vender todos sus bienes, sin que lleguen a sufragar la totalidad de los importes que se les reclaman.

El actual Código Civil español establece que el deudor debe cumplir sus obligaciones con sus acreedores "con todos sus bienes, presentes y futuros", lo que permite perseguir de por vida a los particulares insolventes.

Esta situación también preocupa a una de las principales administradoras concursales de España, la abogada Antonia Magdaleno, que ve con buenos ojos que se permita a un ciudadano saldar su hipoteca con el banco al entregarle la vivienda, como ocurre en Estados Unidos.

Magdaleno, que es socia del despacho Broseta Abogados, también apunta la posibilidad de modificar la normativa para fomentar las refinanciaciones de deuda de particulares, de modo que, por ejemplo, las familias en serias dificultades puedan permanecer en régimen de alquiler en sus viviendas hasta que generen ingresos para seguir pagando la hipoteca.

Según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), 905 personas se declararon el año pasado en concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos), un 11,4 % menos que en el año 2009.

Aunque estos datos distan de las abultadas cifras de otros países europeos, como Francia, el diputado del PP Vicente Ferrer considera que el Parlamento debe abordar la posibilidad de mejorar los procedimientos de insolvencia de los particulares porque "la banca ha actuado con cierta ligereza en algunos casos" y "no podemos hacer recaer sólo en el ciudadano las consecuencias de la crisis".

Ferrer, que es portavoz adjunto en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, señaló no obstante que cualquier decisión debe ser prudente porque "no se puede generar un efecto llamada" y "crear situaciones de inseguridad jurídica".

Precisamente, .las entidades financieras creen que cualquier mejora en el tratamiento de los concursos de acreedores podría disparar la presentación de estos procedimientos, con los consiguientes efectos nocivos para la banca y la propia economía en general.

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