X AVISO DE COOKIES: Este sitio web hace uso de cookies con la finalidad de recopilar datos estadísticos anónimos de uso de la web, así como la mejora del funcionamiento y personalización de la experiencia de navegación del usuario. Aceptar Más información
GRUPO PLAZA

Los accionistas de las SICAV y las rentas más altas a partir de 120.000 euros pagarán más impuestos

30/12/2010

MADRID (VP/EFE). El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto que desarrolla algunas de las medidas fiscales incorporadas a la Ley de Presupuestos de 2011 y que supondrá que los accionistas de las SICAV (instituciones de inversión colectiva) y las rentas más altas pagarán más impuestos.

Fuentes del Ejecutivo han subrayado que se someten a retención como rendimientos de capital mobiliario los retornos que perciban los accionistas de las SICAV como consecuencia de las devoluciones de aportaciones que estas entidades realicen a favor de sus accionistas, pero siempre que se correspondan con beneficios no distribuidos.

Hasta ahora, el accionista de la SICAV no tributaba por estos retornos, pero a partir de ahora deberá declararlos en su IRPF como renta del ahorro al 19 o al 21 por ciento.

Además, se crean dos nuevos tramos incrementados en el IRPF para las rentas más altas: un punto más para las rentas entre 120.000 y 175.000 euros, y dos puntos más para las superiores a esa última cantidad.

Para las rentas superiores a 24.107 euros se suprime la deducción por adquisición de vivienda habitual, mientras que se mantiene en su integridad para las inferiores a 17.707 euros y reducida para las rentas entre 17.707 y 24.107 euros.

De todos modos, todos aquellos que compraron vivienda antes de 2011 podrán seguir aplicándose la desgravación. Por su parte, la deducción por alquiler se mejora para equipararla a la que se aplica por compra de vivienda.

Comparte esta noticia

comentarios

Actualmente no hay comentarios para esta noticia.

Si quieres dejarnos un comentario rellena el siguiente formulario con tu nombre, tu dirección de correo electrónico y tu comentario.

Escribe un comentario

Tu email nunca será publicado o compartido. Los campos con * son obligatorios. Los comentarios deben ser aprobados por el administrador antes de ser publicados.

publicidad