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Los SIP podrían beneficiarse del mismo régimen de consolidación fiscal que una empresa

29/11/2010 La integración que cuenta con más posibilidades de disfrutar de este régimen es el SIP que lideran Caja Madrid y Bancaja

MADRID (EUROPA PRESS). El secretario de Estado de Hacienda, Carlos Ocaña, ha señalado que los sistemas de institucionales de protección (SIP) podrían beneficiarse del mismo régimen de consolidación fiscal que actualmente tienen las empresas que se fusionan si cumplen los requisitos necesarios para ello.

En declaraciones a Europa Press, Ocaña ha destacado que el régimen de consolidación funciona "muy bien" y tiene las mismas reglas para todos los sectores, por lo que en la medida en la que las cajas de ahorros formen de verdad grupos empresariales, tendrán los mismos beneficios de la consolidación que cualquier otro grupo.

Ocaña matizó que el Gobierno estudia esta posibilidad pero que el SIP es un modelo nuevo de funcionamiento empresarial y que habrá que determinar si se debe considerar o no como un grupo empresarial consolidado. En este sentido, insistió en que si las cajas que conforman los SIP consolidan, el criterio general tiene que ser el mismo, tanto para estas entidades financieras como para las empresas.

El secretario de Estado de Hacienda también señaló que las normas fiscales exigen una cierta estabilidad y que "no son para aplicarlas durante tres meses y luego cambiarlas", por lo que, a su juicio, hay que mantener la coherencia y ver qué integraciones pueden acogerse a este tratamiento y cuáles no. "Hay distintos grados de integración en los SIP y eso es lo que hay que analizar", añadió.

La nueva Ley de Cajas de Ahorros aprobada el pasado mes de julio para acoger este tipo de integraciones contempla que el SIP tenga un compromiso mutuo de solvencia y liquidez entre las entidades integrantes del sistema que alcance como mínimo el 40% de los recursos propios computables de cada una de ellas.

Asimismo, las entidades integrantes tendrán que poner en común una parte significativa de sus resultados, que suponga al menos el 40% de los mismos y que deberá ser distribuida de manera proporcional a la participación de cada una de ellas en el sistema. El acuerdo contractual también establece que las entidades deberán permanecer en el sistema un periodo mínimo de 10 años.

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