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Sólo existe una empresa con estatuto de sociedad europea

21/11/2010 El estatuto legal de 'compañía pública europea de responsabilidad limitada', conocido por su nombre en latín "Societas Europaea" (SE), fue aprobado por la UE en 2001 después de más de treinta años de negociaciones

BRUSELAS (EFECOM). Sólo una empresa en España figuraba registrada en 2010 bajo el estatuto de "sociedad europea", frente a 281 en la República Checa ó 134 en Alemania, según datos difundidos hoy por la Comisión de la UE. La Comisión Europea no facilitó el nombre de esta empresa español en su informe.

Su objetivo era facilitar la vida a las empresas que operaran en más de un estado de la UE, simplificando por ejemplo los trámites de registro, reorganización o reestructuración, homogeneizando los derechos de sus empleados y protegiendo los intereses de accionistas minoritarios y terceras partes.

Entre los principales motivos para crear una SE estaba igualmente el interés por lograr una imagen europea o tener un carácter supranacional que facilitara las fusiones o los cambios estructurales dentro de un grupo, así como la posibilidad de trasladar el domicilio social.

En un informe de balance publicado hoy, el Ejecutivo de la UE constata que el estatuto ha topado, no obstante, "con una serie de problemas prácticos", que explican su acogida muy desigual entre los estados miembros, y anuncia su intención de proponer enmiendas en 2012 para mejorarlo.

De las casi 600 compañías que a mediados de 2010 figuraban registradas como SE, más del 60% eran checas o alemanas.

Algunos ejemplos de empresas conocidas que se han constituido como sociedades europeas "exitosas", según la CE, son las alemanas Allianz, BASF, Porsche o MAN; SCOR en Francia; Elcoteq en Luxemburgo; o Strabag en Austria.

En el Reino Unido sólo había 23 sociedades europeas, en Francia 19 y en Italia ninguna. Bruselas ve en ello la prueba de que el estatuto "no responde suficientemente bien a las necesidades de las compañías en todos los estados miembros". En general, considera que "no ha dado lugar a una forma legal uniforme en toda la UE".

El informe critica que el estatuto remite en demasiadas ocasiones a los ordenamientos jurídicos nacionales y que sigue habiendo incertidumbre sobre las implicaciones legales de las reglas del estatuto directamente aplicables y sobre su conexión con las leyes nacionales.

Por lo que respecta a España y Italia, el informe asegura además que en ambos países "no se dispone fácilmente" de información o asesoramiento sobre el estatuto de la sociedad europea.

La fuerte cuantía de capital mínimo obligatorio y la complejidad de su establecimiento respecto a una SA nacional pueden ser también un obstáculo para los países en los que abundan las Pymes, como es el caso de España.

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