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POR MALVERSACIÓN

La Audiencia de Valencia archiva la querella de Manos Limpias contra Esther Pastor

VALENCIAPLAZA.COM (FOTO: EVA MÁÑEZ). 09/03/2015

VALENCIA (EFE). La Audiencia Provincial de Valencia ha desestimado el recurso del sindicato Manos Limpias contra el archivo de la querella que presentó contra la secretaria autonómica de Organización de la Generalitat, Esther Pastor, por un supuesto delito de malversación.

Esta querella había sido admitida a trámite por el Juzgado de Instrucción número 4 de Valencia, que investigó el posible uso de fondos públicos para el alojamiento con carácter privado en hoteles a cargo de Presidencia de la Generalitat.

Sin embargo, la jueza titular decidió archivarla al no apreciar "ningún indicio que apunte a la utilización de fondos públicos para usos privados en lo referente a los pagos de hotel, al haberse justificado documentalmente que las facturas obedecen a gastos contabilizados oficialmente por viajes oficiales".

Manos Limpias decidió presentar un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia, cuya sección tercera ha decidido desestimar en un auto hecho público hoy por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), y contra el que no cabe recurso.

La Audiencia asegura que de las diligencias practicadas "ha quedado claro que tanto las estancias en hoteles objeto de la querella, como las compras de alimentos en establecimientos" -derivadas de una ampliación de la querella- responden a "la necesidad de acudir a actos oficiales o bien para atender necesidades domésticas de Presidencia".

"Las dudas sobre la veracidad de los testigos y de los informes oficiales de la Generalitat aportados a las actuaciones responden solo a suposiciones de la parte recurrente, que no se han visto mínimamente corroboradas por datos objetivos", añade el auto.

Señala que los representantes de los establecimientos de alimentación y bebidas y el cocinero y maitre de la Generalitat acreditaron que la documentación firmada por Pastor "respondía a pedidos que aquellos realizaban para atender servicios mínimos".

Respecto a los supuestos gastos privados en hoteles y cenas, la Audiencia señala que del examen de la agenda del President de la Generalitat, y de la documentación anexa, "solo puede deducirse que se trata de viajes y estancias que corresponden a la agenda oficial de Presidencia".

Indica que ésta "se elabora seguramente conforme a las posibilidades y exigencias de seguridad, conveniencia o comodidad que se presenten", pero insiste en que de estos viajes y estancias "no cabe deducir, sin más, indicios de criminalidad imputada".

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