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El TSJCV rechaza los recursos de Francisco Camps, Lola Johnson y Aspar en Valmor

VALENCIAPLAZA.COM. 09/03/2015 La sala de lo Civil y Penal del alto tribunal indica que las acusaciones del fiscal no son "inverosímiles"

VALENCIA (EP). La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha rechazado los recursos del expresidente de la Generalitat y diputado 'popular' en las Corts, Francisco Camps; de la la exconsellera, ex secretaria autonómica de comunicación del Consell y exdirectora de Televisión Valenciana, Lola Jonhson; y del expiloto Jorge Martínez Aspar, y ha ordenado seguir adelante con la investigación abierta por las presuntas irregularidades en la gestión y contratación de la Fórmula 1 en Valencia. Así, indica que las acusaciones del fiscal no son "inverosímiles".

Así se desprende de un auto dictado por la Sala en fecha 6 de marzo, contra el que ya no cabe interponer ningún recurso, y que confirma la resolución del 3 de febrero, en la que se acordaba abrir diligencias de investigación por la Fórmula 1 y designar a un magistrado ponente para llevarlas a cabo.

Tanto Camps como Johnson y Aspar presentaron recurso contra la apertura de estas diligencias, y frente a éstos el ministerio fiscal insistió en que se rechazaran al no ver ningún tipo de indefensión para los querellados y al recordar que sus acusaciones se sustentaban en cinco tomos de documentación, contratos y distintas declaraciones testificales.

En ninguno de los recursos de los querellados se discutía la competencia asumida por la Sala para llevar a cabo la investigación, puesto que por el momento Camps sigue siendo miembro de las Corts y, por tanto, aforado, lo que obliga a cualquier causa que se inicie contra él a instruirse en el TSJCV.

De esta forma, Johnson y Aspar plantearon en sus recursos la nulidad de actuaciones, mientras que Camps, pese a denunciar en el cuerpo de su escrito distintos defectos y errores que a su juicio son nulidad de pleno derecho, "guarda silencio" a la hora de formular el súplico, que se dirige únicamente a obtener un nuevo pronunciamiento de inadmisión de la querella.

Sobre la petición de nulidad de Johnson y Aspar, el tribunal estima que la indefensión alegada vinculada a la documentación escaneada entregada por el fiscal, bien por su difícil lectura, o bien por el idioma en que aparecen redactados ciertos contratos, no concurre.

Al respecto, recuerda que las partes pueden "sin restricción alguna" consultar las actuaciones en formato papel que obran en la causa; y que de aquellos contratos sobre los que los recurrentes vierten críticas, de desconocimiento e incomprensión incluso, "ni fueron creados en sede de Fiscalía ni resultan sorpresivos" para ellos al conocerlos, en su mayoría al menos, desde el momento mismo de la celebración.
NO HAY INDEFENSIÓN

Por otro lado, respecto a la indefensión alegada en torno a los defectos de traducción de la declaración del magnate de la Fórmula 1, Bernie Ecclestone --pues el fiscal atribuyó al expresidente de la Generalitat Francisco Camps la iniciativa de la celebración de la prueba cuando el magnate afirmó en su declaración que había sido suya y que él mismo había aportado el contrato--, el tribunal indica que ya están subsanados por la traducción que aportó la propia Fiscalía y que se incorporó inmediatamente a las actuaciones.

Además, subraya que ello no debe impedir, al contrario, que el instructor del procedimiento acuerde las declaraciones judiciales y la de aquellos testigos que han dado soporte a las acusaciones del fiscal, concretamente, y entre otros, al empresario Fernando Roig o a Campos, Lobón o Monzó.

Por todo, el TSJCV desestima los recursos de los querellados y aclara que el planteamiento del ministerio fiscal, se acomode o no a la realidad sucedida, contiene la descripción de unas actuaciones cuya subsunción en los tipos de prevaricación y malversación de caudales públicos no es 'ab initio' descartable.

Así mismo, estima que de la documentación aportada, testimonios y correcciones incluidas, no permiten considerar lo afirmado en la querella como "algo inverosímil". Además, concluye: "Los argumentos esgrimidos por los recurrentes no afectan exactamente a los presupuestos jurídicos de su admisibilidad, sino que más bien pertenecen al ámbito material de enjuiciamiento de fondo y no permiten destruir la credibilidad inicial que se precisa para excluir un uso fraudulento de la querella".

La querella de Fiscalía por este asunto se centra en cuatro aspectos fundamentales: el contrato firmado entre Valmor y la empresa pública Circuito del Motor para organizar la Fórmula 1, por el que la mercantil no pagó "ni un euro", en perjuicio de los fondos públicos; la orden que dio Camps para que la Generalitat se constituyera como avalista de Valmor sin seguir el procedimiento administrativo fijado en al Ley de Hacienda de la Generalitat y la Ley de Presupuestos de 2011; la orden que dio a Johnson, pese a que no tenía competencia para ello, para que firmara el contrato de 19 de julio de 2011 por el que el Gobierno autonómico prestaba el aval a la empresa; y la asunción por parte del Consell del canon anual de 26 millones de dólares "sin asumir ningún derecho".

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