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EL AVAL QUE EXIGE EL JUEZ POR POSIBLES RESPONSABILIDADES ES MANCOMUNADO

El juez impone una fianza de 800 millones a Bankia, Rodrigo Rato y José Luis Olivas

VALENCIAPLAZA.COM. 13/02/2015 El magistrado considera que los informes de los peritos contienen datos suficientes para sospechar de que las cuentas de la entidad estaban falseadas en el folleto de salida a bolsa 

MADRID (EP). El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha impuesto el pago de una fianza en concepto de responsabilidad civil solidaria de 800 millones de euros a Bankia, a su matriz el Banco Financiero y de Ahorros (BFA), al ex presidente Rodrigo Rato y a los antiguos miembros del consejo de administración Francisco Verdú, José Luis Olivas y José Manuel Fernández Norniella.

En un auto, hecho público este viernes, el magistrado da un plazo de un mes a la entidad, al BFA --por su condición de accionista único-- y a los antiguos consejeros para que depositen este dinero que tiene como objetivo asegurar las eventuales responsabilidades que se deriven de la causa en la que se investiga la fusión y salida a Bolsa y advierte de que, de no hacerlo, decretará el embargo de sus bienes hasta cubrir 800 millones.

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 considera que se ha podido cometer un delito de falseamiento de cuentas en virtud del informe de los peritos cedidos por el Banco de España, del que se desprende que "con toda rotundidad los estados financieros contenidos en el folleto de la Oferta Pública de Suscripción (OPS) de Bankia no expresaban la imagen fiel de la entidad". A su juicio, la pericial que elaboró, a petición de la entidad, el experto Leando Cañibano no contradice esta idea.

El magistrado responsabiliza de la creación y el mantenimiento de "tal ficción" a Bankia, al BFA --por su condición de accionista único-- y a quienes participaron en el acuerdo adoptado por el Consejo de Administración del 15 de junio de 2011 que dio lugar a la inclusión de la información contenida en el folleto de salida a Bolsa, que resultó ser "inveraz".

UNA FIANZA PROPORCIONADA PARA ACCIONISTAS MINORITARIOS

En este sentido, Andreu defiende que esta medida cautelar no pretende poner en duda la viabilidad económica y financiera del grupo, al tiempo que recuerda que esa viabilidad se debe "precisamente al hecho de haber recibido 22.400 millones de euros en ayudas públicas". "Los compromisos que se derivan de esta situación hacen preciso prever la contingencia de una posible sentencia condenatoria que pudiera llevar aparejada", remacha.

A su juicio, el importe de 800 millones de euros es "proporcionado, adecuado y justificado" al tratarse de una tercera parte de la suma invertida por los accionistas minoritarios, que alcanzó los 1.800 millones, y a la que debe sumarse el tercio establecido por la ley.

"Atendiendo a que el folleto informativo está básicamente dirigido a inversores minoritarios pues las negociaciones con los inversores del tramo institucional tienen otro recorrido (...), y sin perjuicio de salvaguardar los intereses y derechos de los inversores institucionales, que quedan incólumes, procede establecer una estimación, que venga a asegurar las legítimas expectativas de citados accionistas minoritarios".

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 recuerda que Bankia presentó en el verano de 2011 un folleto que daba cuenta de la "saludable solvencia" de la entidad y, aunque causa "cierto estupor" que una sociedad de reciente creación que carecía de cuentas consolidadas a ejercicios anteriores se le permitiera salir a Bolsa, lo cierto es que la CNMV autorizó su debut bursátil sobre la base de la información ofrecida. Bankia captó 3.092 millones de euros en el parqué.

DECLARACIONES "GRANDILOCUENTES" Y UN FOLLETO "OPTIMISTA"

Sin embargo, el magistrado destaca que la situación patrimonial reflejada en el folleto sobre cuya base salió a Bolsa el 20 de julio de 2011 "poco o nada tenía que ver con la real, puesta de manifiesto unas semanas después". "Las grandilocuentes afirmaciones del Consejo de Administración --hoy en día ya sustituido-- contenidas en el informe de gestión e incluso el optimismo del folleto sobre la bondad de la operación contrastan vivamente con la realidad de las cosas" añade.

Andreu concluye que el artículo 282 bis del Código Penal se creó para "proteger los intereses colectivos frente a los escándalos financieros que se han producido en los últimos años tanto a nivel nacional como internacional".

La Fiscalía Anticorrupción y el FROB se opusieron a esta medida cautelar adviertiendo de que podía caer el precio de la acción y perjudicar aun más a los inversores. Al menos cinco de las doce acusaciones particulares, pidieron en representación de los accionistas minoritarios una fianza de 4.112 millones de euros --solicitada inicialmente por UPyD-- y, de forma subsidiaria, las cuantías en las que resultaron perjudicados

 

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