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Una nueva ley del Gobierno intentará aumentar la confianza en los auditores

VALENCIAPLAZA.COM. 13/02/2015 El Consejo de Ministros aprobará hoy una nueva ley que busca aumentar la confianza en el trabajo de los auditores y limita a diez años el contrato por el que estos profesionales podrán supervisar las cuentas de bancos, aseguradoras o cualquier empresa cotizada, incluidas las pequeñas

MADRID (EFECOM). Además, según recogía el anteproyecto de la ley de auditoría, este límite temporal también se aplicará a los auditores de otras entidades consideradas de interés público, como instituciones de inversión colectiva, fondos de pensiones y sociedades recíprocas.

Transcurrido este plazo de diez años, y si se celebra un concurso público, el mismo auditor podrá seguir cuatro años más, siempre que entre otro nuevo y se realice una auditoría conjunta para validar el trabajo llevado a cabo hasta la fecha.

Ahí no quedan las novedades de esta nueva ley, que fija también topes a los honorarios que reciben las auditoras y ha generado malestar entre este colectivo, que en los últimos meses criticó la rapidez con la que el Gobierno abordaba el asunto.

España tenía de plazo hasta el 17 de junio de 2016 para trasponer la directiva comunitaria sobre esta materia a la normativa española, un tiempo que los auditores pensaban que debía aprovecharse "para no cometer errores".

Aún así, tras algunos casos sonados como la relación entre Bankia con su exauditora Deloitte, el escándalo de Pescanova tras ocultar una contabilidad paralela a la firma BDO, y el fiasco de Gowex, con unas cuentas falsas validadas por la firma M&A, el Ejecutivo ha decidido fijar desde ya las nuevas reglas del juego.

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1 comentario

Indignadísimo escribió
13/02/2015 11:02

¿Cuándo la prensa hará bien su trabajo e informará correctamente? ¿Entenderán algún día el Estado de Derecho, la separación de poderes y el procedimiento legislativo? ¿qué se enseña en las facultades? ¿o en las redacciones? En las ”democracias” parlamentarias , los gobiernos (el ejecutivo) no pueden aprobar leyes. Las leyes las prueban los parlamentos (quizá por eso son sinónimo de poder “legislativo”) . Las Leyes no son lo mismo que los Decretos-Leyes. Los Decretos-Leyes no son lo mismo que los Decretos. En teoría, el gobierno, lo mismo que le parlamento. La administración no es lo mismo que el gobierno, aunque éste la dirija. El poder judicial es otro. Admitir a trámite un recurso, una denuncia, una queja, no es lo mismo que admitir, aceptar, lo que se pida en esa denuncia…y así hasta el infinito. En este caso, el gobierno español no aprueba (no puede hacerlo formalmente, incluso aunque su grupo parlamentario sea muy sumiso) una ley de auditoría, aprobará previsiblemente un anteproyecto de ley. Si lo aprueban, se convertirá en un proyecto de ley, y lo enviarán al parlamento, donde congreso y senado lo discutirán, lo votarán, y, aprobarán algo más o menos parecido al proyecto de ley del gobierno. El Rey lo firmará, y lo mandarán al BOE, y cuando se publique, y entre en vigor, tendremos una Ley. Y deberemos obedecerla. En resumen, antreproyecto de ley no es lo mismo que ley.

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