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Los colegios profesionales, garantía responsable ante la sociedad

JORDI ECHEVERRÍA*. 29/10/2014

De todas las actividades y servicios de los Colegios profesionales, la protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados es la que repercute más directamente en la sociedad. 

Uno de los mecanismos más eficaces, es la garantía que se da a través del seguro de responsabilidad civil profesional, que en el caso que un técnico pueda por un error profesional, causar algún perjuicio a un tercero, tenga una cobertura que garantice el resarcimiento al afectado.

Los Colegios profesionales en este aspecto tienen un papel fundamental, pues como aglutinadores de un colectivo proveen a sus integrantes de las coberturas y capitales adecuados para poder ejercer la profesión, con la tranquilidad que si por un error u omisión se perjudica a un tercero, este recibirá su indemnización correspondiente.

Los cambios producidos estos últimos años en la sociedad como, la crisis económica, el aumento normativo y legislativo, el incremento de la cultura de la reclamación, la desaparición de intervinientes en procesos constructivos como promotores y constructores, han hecho que el riesgo que un profesional técnico pueda sufrir una reclamación ha aumentado exponencialmente, quedando como foco de atención al estar cada vez mas solo en un entorno mas complejo.

La fuerza que proporciona una agrupación de técnicos de una misma actividad profesional favorece el acceso dentro del mercado asegurador, a pólizas especiales para colectivos con unas características únicas, que individualmente no se podrían conseguir, los colegios profesionales son los encargados de dar acceso a estas coberturas a sus colegiados.

Dejar en manos de una "declaración responsable" (comunicación a la administración por parte del interesado, de su intención de realizar una actividad, manifestando expresamente que cumple los requisitos establecidos en la normativa vigente) sin controles ni una garantía aseguradora que respalde por ejemplo, la apertura de un establecimiento comercial, no es la fórmula más adecuada para proteger a los usuarios de posibles daños tanto materiales como corporales que puedan sufrir.

Dar facilidades, economizar y simplificar trámites a los ciudadanos para obtener servicios profesionales, no significa prescindir de garantías por si se causa un daño, privando al usuario del derecho de ser indemnizado en caso de un perjuicio, el coste que representa una cobertura aseguradora adecuada a través de una póliza colectiva suscrita por un colegio profesional no es obstáculo, para que de forma responsable las agrupaciones profesionales garanticen a la sociedad el resarcimiento de cualquier daño causado involuntariamente por un técnico durante el ejercicio de su profesión.
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* Jordi Echeverría es director Comercial de La Mutua de los ingenieros

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