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Las tarjetas de representación no tienen límite, pero se debe justificar pagos

VALENCIAPLAZA.COM. 04/10/2014 El presidente del sindicato de los técnicos de Hacienda, Carlos Cruzado, ha explicado que las tarjetas de crédito que se otorgan a los empleados para hacer frente a gastos de representación no tienen un límite legal, aunque sí obligan al trabajador a justificar cada pago

MADRID (EP). En declaraciones a Europa Press, Cruzado ha explicado que estas tarjetas se suelen utilizar en algunas empresas para evitar que los empleados o directivos tengan que adelantar dinero cuanto se ven obligados a hacer un gasto en representación de la empresa.

En esos casos, los trabajadores pueden usar las tarjetas, pero tienen que pedir facturas para demostrar que el pago supone un gasto de representación y para que la empresa disponga de toda la información y se pueda deducir los gastos que sean deducibles.

Cruzado explica que las tarjetas que usaron los directivos y consejeros de Caja Madrid no estaban destinadas a gastos de representación, sino que más bien eran sobresueldos por los que no tributaban al fisco.

Según Cruzado, estas tarjetas se podrían haber otorgado de forma legal y como rendimiento en especies si la empresa en cuestión (Caja Madrid) hubiera aplicado la retención correspondiente para luego pagarla a Hacienda y si los empleados y directivos hubieran incluido esta información en sus declaraciones de renta.

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