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Trabajo avala el ERE de extinción de RTVV 

25/06/2014

VALENCIA (EP). La Inspección de Trabajo avala el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de extinción aplicado en Radio Televisión Valenciana (RTVV) --que supuso el despido de más de 1.600 trabajadores-- al considerar que "no se aprecia la existencia de fraude, dolo, coacción o abuso de derecho en la tramitación". 

El informe, no obstante, advierte de que se podría haber incurrido en un posible "fraude de ley" al mantenerse en su puesto a 16 asesores técnicos que designó el exdirector general de la entidad, José López Jaraba, y que deberían haber cesado en el momento en que éste dejó de ocupar su puesto.

Según ha informado, a través de un comunicado, el sindicato Intersindical, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha cerrado el preceptivo informe sobre el ERE de extinción negociado entre los liquidadores de RTVV y el Comité de Empresa y que concluyó con el acuerdo suscrito el pasado 23 de marzo, una vez fue ratificado por la mayoría de la plantilla.

En sus conclusiones, el documento, consultado por Europa Press, señala que "el procedimiento ha seguido las previsiones del artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores y del Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos".

Agrega que "no se aprecia la existencia de fraude, dolo, coacción o abuso de derecho en la tramitación del expediente ni que tenga por objeto la obtención indebida de la prestación por desempleo".

Igualmente, cree que "la documentación presentada por el empresario en relación con las causas del expediente se ajusta a la exigida en el Reglamento" y estima que "los criterios utilizados para la designación de los trabajadores afectados no resultan discriminatorios". Finalmente, asevera que se ha cumplido lo dispuesto en la norma en relación al desarrollo de período de consultas.

Intersindical recalca que, por tanto, el informe de la Inspección "contradice los argumentos de la demanda presentada por CGT a la Audiencia Nacional en contra del ERE y ratifica que el procedimiento de negociación ha seguido tanto las directrices previstas a el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores".

CRITERIOS "NO DISCRIMINATORIOS"

Otro de los aspectos relevantes, para este sindicato, es el que concluye que "los criterios utilizados para la designación de los trabajadores afectados no resultan discriminatorios", en referencia en su punto del acuerdo que establece los criterios de selección pactados entre RTVV y representantes sindicales para escoger los 23 trabajadores del servicio de Documentación y los siete de mantenimiento de la red de telecomunicaciones para ser recolocados.

Respecto las peticiones de nulidad del ERE formuladas por CGT por una supuesta inconstitucionalidad de la ley 4/2013 --de supresión de la prestación de los servicios de radiodifusión y televisión de ámbito autonómico, de titularidad de la Generalitat y de Disolución y Liquidación de RTVV SAU-- y a una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, señala que la Inspección de Trabajo no entra en consideración al concluir que no son competencia suya, "con independencia de la decisión que su día puedan tomar los órganos jurisdiccionales competentes".

El análisis del organismo alude además a la denuncia que hicieron los sindicatos firmantes del acuerdo sobre la inclusión en la lista de afectados por el ERE de 16 asesores que no fue despedidos cuando cesó el director general que los nombró, José López Jaraba, tal y como estipulaba en su contrato.

En este sentido, han recordado que en el acuerdo final del ERE hicieron constar: "El Comité de Empresa manifiesta su disconformidad con la inclusión como afectados de este expediente de aquellos trabajadores contratados con funciones de asesoramiento y confianza vinculados a las anteriores direcciones generales de RTVV. Por este motivo pide a la empresa que su indemnización no afecto a la cuantía indemnizatoria destinada al conjunto de los trabajadores".

Respecto a esta cuestión, Inspección enumera a 16 trabajadores que no acabaron su relación laboral con RTVV de manera simultánea al cese de Jaraba y advierte de que, "al no aplicarse el despedido previsto, su contrato se convirtió en un contrato en fraude de ley y se reconvirtió en indefinido".

La Inspección señala este hecho "sin perjuicio --precisa-- de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir el o los responsables de comunicarles su cese en el momento oportuno, dado que con esa decisión, adoptada por negligencia o intencionadamente, se ha producido la reconversión en indefinidos de unos contratos de duración determinada que debían haber finalizado en el momento del cese del director general y no con posterioridad".

Al hilo de esto, Intersindical Valenciana interpreta que la postura de la Inspección "refuerza" las diversas denuncias presentadas contra la gestión de Jaraba a las cuales da su apoyo.

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