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Un juzgado declara nula la cláusula suelo y obliga a devolver lo cobrado

VALENCIAPLAZA.COM. 07/05/2014

ELCHE (ALICANTE) (EFE). Una sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, con sede en Elche, declara nula la cláusula suelo de un préstamo hipotecario suscrito por un matrimonio ilicitano con una entidad financiera y obliga a devolver las cantidades cobradas por ese concepto.

La Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc), que ha informado hoy de esta resolución, ha sido la encargada de llevar a cabo este proceso en defensa de los derechos de los prestatarios.

El delegado provincial de Ausbanc, Pedro Pérez, ha afirmado en rueda de prensa que esta sentencia abre las puertas a que otros prestatarios residentes en los partidos judiciales de Elche, Torrevieja y Orihuela puedan reclamar vía judicial la eliminación de esta cláusula y el reintegro de las cantidades cobradas de más desde la contratación del préstamo.

Según Pérez, la entidad bancaria incluyó en el préstamo la cláusula suelo, que comenzó a incorporarse en la década pasada, con un límite del tipo de interés del 3 % anual sin posibilidad de bajarlo, a pesar de la evolución del Euribor, que desde 2008 ha pasado del 5,5 % a estar por debajo del 1 %.

"Esta cláusula es una desnaturalización del préstamo variable, ya que cuando bajaban los tipos de interés, no se reducía la cuota y el préstamo se convertía en fijo con un mínimo del 3 %", ha asegurado.

La resolución judicial, con fecha de 17 de abril de 2014, determina que la cláusula está "viciada" de falta de transparencia, y "no existe indicios de que los prestatarios conocieran o hubiesen sido informados suficientemente, ni de la consecuencia económica que podía suponer para ellos el contrato suscrito, ni de la carga judicial".

En el caso de esta sentencia se trata de un préstamo hipotecario suscrito por un matrimonio joven de Elche para la adquisición de su vivienda principal.

La resolución obliga a la entidad financiera al pago de 3.000 euros y la rebaja de la cuota hipotecaria en 100 euros mensuales.

Según Pérez, la sentencia se puede recurrir ante la Audiencia Provincial de Alicante en un plazo de 20 días desde su notificación.

Asimismo ha afirmado que, según un informe de 2010 del Banco de España, una de cada tres hipotecas en este país tiene la cláusula suelo.

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