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CASO NÓOS

Castro da tres días de plazo para alegar sobre la petición de imputación de Grau

VALENCIAPLAZA.COM. 05/05/2014 El juez ha remitido la petición a la Fiscalía, la Abogacía del Estado (en representación de Hacienda), abogacías de la comunidad autónoma de Baleares y de la Generalitat (en representación de la empresa pública Ciudad de las Artes y las Ciencias SA), representación del PP balear, de Manos Limpias y del Frente Cívico Somos Mayoría.

PALMA/VALENCIA (EFE). El juez que instruye el caso Nóos, José Castro, ha dado traslado a las acusaciones personadas en esta causa la petición registrada por el grupo socialista del Ayuntamiento de Valencia para pedir la imputación del vicealcalde Alfonso Grau y les ha dado tres días para que realicen sus alegaciones.

En concreto ha remitido la petición a la Fiscalía, la Abogacía del Estado (en representación de Hacienda), abogacías de la comunidad autónoma de Baleares y de la Generalitat (en representación de la empresa pública Ciudad de las Artes y las Ciencias SA), representación del PP balear, de Manos Limpias y del Frente Cívico Somos Mayoría.

Por otra parte, Castro ha solicitado hoy a la Agencia Tributaria información fiscal sobre ocho empresas que hicieron pagos a Aizoon, la inmobiliaria y consultora propiedad de Iñaki Urdangarin y la infanta Cristina.

Tras el escrito presentado el pasado 22 de abril ante el juzgado por la defensa de Urdangarin, que negaba que el duque de Palma hubiera cometido delito fiscal, el magistrado ha dictado hoy una providencia en la que pide a Hacienda que le informe sobre varios aspectos en un plazo que no exceda de los diez días, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares.

Urdangarin, imputado por presunto fraude a Hacienda en 2007 y 2008, negó en dicho escrito haber cometido delito fiscal y aseguró que, de haber alguna irregularidad en sus declaraciones del IRPF de esos dos años, en ningún caso alcanza el umbral de 120.000 euros que determina la existencia de delito.

La defensa de Urdangarin negó que los rendimientos obtenidos por Aizoon sean atribuibles al duque de Palma a título personal y añadió que si así fuera, lo defraudado no llegaría a ser delito porque habría que deducir de la presunta cuantía fraudulenta las cantidades que el pagador tendría que haber retenido sobre esos rendimientos.

Según Urdangarin, uno de los pagadores, la empresa Motorpress Ibérica, fue sometida a una inspección y Hacienda no le exigió ninguna retención a cuenta de rendimientos de trabajo del personal en 2008 ni sancionó a la empresa.

Tras ese escrito, Castro ha consultado hoy a la delegación especial de Cataluña de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) si debe practicarse "alguna corrección" en el informe que presentó sobre Urdangarin, "como consecuencia de la calificación que pueda darse" a las cantidades que ingresó Aizoon de ocho compañías, en concepto de rentas de trabajo o de actividad profesional, "al estar este tipo de rendimientos sometidos a retención del IRPF por parte del pagador".

La providencia cita a las empresas Altadis, Pernod Picard, Mixta África, Lagardere Ressources, Havas Sports, Seelinger y Conde, Aceros Bergara y Motorpress Ibérica.

Castro consulta a Hacienda si dichos pagadores han practicado retenciones o les han sido exigidas por la Agencia Tributaria. Si no ha habido retención ni liquidación administrativa por parte de Hacienda, el juez solicita que se informe de si esas retenciones a cuenta del IRPF deben deducirse y por qué importes.

El instructor también consulta si todo ello "supone algún tipo de variación" sobre el informe presentado por Hacienda acerca de Urdangarin y sobre las declaraciones que prestaron ante el juez tres funcionarios de la AEAT.

El juez consulta también específicamente sobre Motorpress Ibérica como pagadora de rentas de trabajo a Aizoon y sobre sus eventuales retenciones, y pide que si fuera pertinente se calculen las nuevas cuotas resultantes.

Reclama además las actas y posibles expedientes sancionadores que haya levantado la Agencia Tributaria a las ocho empresas que han hecho pagos a Aizoon por retribuciones por consejos de administración, servicios profesionales o cualquier otro tipo de pago y con relación al IVA, impuesto de sociedades y retenciones.

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